

Secciones
Servicios
Destacamos
Nuevo informe de la Fiscalía de Valencia en el caso de la dana donde, en esta ocasión, coincide con la tesis de la jueza. El ... ministerio público reclama la firmeza de la resolución de la instructora donde rechazaba algunas cuestiones planteadas por la asociación Damnificados Horta Sud de Valencia. Esta petición suponía ampliar las pesquisas a nuevos delitos.
La Fiscalía rechaza la investigación de dos circunstancias que confluyeron en el desarrollo de la tragedia. Por un lado, la falta de mantenimiento de los cauces que conforman el conocido como barranco del poyo. Esta es una competencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ). La propuesta de los querellantes era que este hecho aumentó el factor «destructivo» del cauce fluvial. No lo pone en duda el responsable del ministerio público. «Lo pudo potenciar».
Pero la querella no permite determinar que los desperfectos fueran motivados por esa falta de limpieza sino por «el desbordamiento de los cauces fluviales». Además, «resultaría inviable» separar los supuestos daños causados por la riada de aquellos originados por «los sedimentos arrastrados por el agua».
El informe descarta también que se pueda imputar a los responsables autonómicos un delito de omisión de socorro. La querella no recoge ningún hecho que permita atribuir a los dirigentes de la Generalitat un comportamiento concreto frente a una situación de desamparo de las víctimas. De igual modo, recuerdan que este delito no está asociado a la responsabilidad o cargo político en una Administración sino a un «deber de solidaridad» de cualquiera frente a una situación de peligro para un tercero.
De igual modo, el fiscal rechaza que de lo actuado hasta el momento pueda desprenderse la existencia de un delito de prevaricación omisiva relacionado con la falta de obras para mejorar el encauzamiento del barranco del Poyo. Estas actuaciones, atribuidas en principio a la Generalitat según la querella, no son suficientes para una investigación penal.
El escrito subraya que la prevaricación omisiva requiere de la necesidad de una resolución y que no hacerlo equivalga a una resolución arbitraria expresa. Es decir, que se debería aportar algún dato o información acerca de que esa actuación -en este caso no decidir nada- fue ajena al ordenamiento jurídico.
Las primeras diligencias de la Fiscalía, por otra parte, fueron rechazadas por la jueza. La principal petición del ministerio fiscal consistía en que la Guardia Civil elaborara un informe sobre los hechos del pasado 29 de octubre y la posible comisión de «ilícitos penales por parte de las personas con competencia para adoptar posibles decisiones y/o medidas». En este informe se debería incluir también la actuación de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, y del resto de agencias bajo el paraguas del Ejecutivo central.
La titular de Instrucción 3 de Catarroja rechazó el planteamiento de la Fiscalía. De hecho, el contenido de ese eventual informe carecería de relevancia para la instructora. En resumen, se trataría de un trabajo que ella misma ya ha iniciado con «el análisis de la evitabilidad de los fallecimientos y la posible comisión de delitos». Esto «no puede trasladarse a un informe policial una vez judicializada la causa», precisa.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.