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La Fiscalía de Valencia continúa desvelando paulatinamente su posición en la investigación de la dana. El informe del pasado martes, por ejemplo, rechazaba investigar la ... falta de limpieza de los barrancos. No veía ese hecho determinante aparte de que resulta imposible separar los daños causados por el agua de los desperfectos originados por los sedimentos. De igual modo, también dejaba fuera de las pesquisas la ausencia de obras de mejora o encauzamiento del barranco del Poyo. No son los únicos postulados. El ministerio público, además, ya ha alcanzado otras conclusiones en esta fase todavía embrionaria de la instrucción. La más relevante es que la actuación de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, no reúne indicios de criminalidad. Salvo sorpresa mayúscula en el avance de las pesquisas, la dirigente no será imputada. Un informe que respalda la gestión gubernamental y en detrimento señala con mayor énfasis el papel de la Generalitat.
El último informe del ministerio público se opone al recurso que la asociación Hazte Oír presentó recientemente para lograr revocar el auto que dio carpetazo a su querella. Los denunciantes mantenían que la responsable gubernamental disponía de competencias para declarar el estado de emergencia y que debió hacerlo al comprobar la dimensión de la catástrofe. De igual modo, señalaban que sí tenía asignadas ciertas atribuciones en materia de protección civil, compartidas, con la Generalitat.
El fiscal, tras analizar el asunto, muestra su desacuerdo con las tesis anteriores. En primer lugar, subraya que el Estatuto de Autonomía de la Comunitat recoge que la Generalitat tiene «competencia exclusiva» sobre protección civil y seguridad pública. Esto se completa, además, con lo que estipula la Ley de Protección Civil y de Emergencias. De igual modo, en el informe se destaca la existencia de «un mando único» que recae sobre la consellera. En este supuesto, Salomé Pradas era la que convocó el Cecopi y la máxima autoridad en la gestión de esta delicada área de gobierno.
La Generalitat ha mantenido hasta la fecha que Pradas y Bernabé formaban parte de un «comité de dirección» y que, por tanto, la responsabilidad en la gestión de todo lo que aconteció en el Cecopi sería compartida.
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La acusación pública mantiene una versión diferente. Insiste en que la titular de la mencionada conselleria, en su condición de directora del plan especial frente al riesgo de inundaciones, declaró la situación de emergencia dos. En ese estadio de la actuación «le competía la dirección de dicho plan y también determinar las medidas de protección a la población que debían adoptarse».
En el citado escenario, el nivel 2, la delegada del Gobierno únicamente debía ejercer una labor de coordinación de la administración estatal con la autonómica, según el fiscal. Bernabé lo ha explicado públicamente en numerosas ocasiones ante los medios de comunicación. Se trataba de poner a disposición y coordinar los efectivos de las agencias bajo su mando. Asunto diferente es que se pueda presumir de una gestión -la reflexión se extiende a cualquier miembro del Cecopi- cuando el balance son 228 víctimas mortales.
«No tenía una posición de garante ni de dominio funcional del riesgo», señala el fiscal para despejar cualquier sospecha sobre Bernabé. Esto desemboca en que no se le pueda imputar desde la perspectiva del principio de culpabilidad que rige el derecho penal, «la falta de adopción de decisiones que hubieren evitado o atenuado el referido resultado».
El contenido del informe, en cierta medida, anticipa ya la posición de la Fiscalía ante los recursos a la imputación de Salomé Pradas y Emilio Argüeso. En la misma línea, todo indica que avalará la declaración de investigados de ambos responsable les. Les sitúa en la punta de la pirámide de la cadena de mando y los encargados de proteger a la población.
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