La imagen fija de La Marina de Valencia es una madeja por desenredar, llena de problemas por resolver y que va a terminar, salvo sorpresa de última hora, con el despido de los empleados de la parte administrativa, algunos de los cuales llevan veinte ... años en su puesto de trabajo. Un tránsito que no es descartable que termine en los tribunales. El informe de la Abogacía General del Estado es concluyente y dictamina el despido colectivo de todos los empleados afectados ya que la sociedad ha quedado disuelta y extinguida.
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Uno de los responsables de este embrollo, tanto a ojos de los empleados como de la administración, tiene nombre y apellidos: Vicent Llorens. El tiempo ha demostrado que la gestión del director general, nombrado bajo la protección del exalcalde de Valencia, Joan Ribó, ha tenido muchas sombras y pocas luces, con más de un paseíllo por la Ciudad de la Justicia debido a presuntas irregularidades en su gestión.
La última sorpresa con la que se ha encontrado el Ayuntamiento de Valencia es el convenio de los trabajadores firmado por Llorens con los representantes de los empleados. Un documento, que fue repartido y está en posesión de todos los afectados, y al que se agarran para evitar el despido colectivo. Una opción que no ven viable desde el Consistorio, donde consideran que el informe de la Abogacía es incontestable y desde donde añaden que no tenían información sobre este convenio.
El 9 de mayo de 2017 se aprobó el Convenio Colectivo del Consorcio Valencia 2007 con su personal laboral. Un documento firmado por los delegados de personal, los representantes sindicales, por el despacho de abogados Acal, por el secretario y por los tres representantes del Consorcio Valencia 2007: Vicent Llorens, Ramón Marrades y Fernando Soriano.
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El documento, al que ha tenido acceso este periódico, incluye la firma de todos los asistentes y el compromiso de registrar el convenio ante la autoridad competente. Uno de los elementos destacables, según han confirmado todas las partes, es que este convenio no se registró nunca en la Autoridad Laboral, y nadie sabe si fue porque incluía alguna cláusula al margen de la normativa o simplemente porque no se llevó a registrar.
Los empleados afectados por el despido apuntan que en el convenio, en el Capítulo XVI, en el artículo 78 y siguientes, se recoge la subrogación del personal, «como figura diferenciada y distinguible de la sucesión empresarial, y que no está establecida por la vía legal, sino exigida a través de la negociación colectiva».
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El acuerdo firmado apunta que cuando haya un cambio de entidad prestataria de cualquiera de los servicios operará la subrogación de personal. Los trabajadores entienden que sus derechos son los de formar parte de la nueva entidad que gestione la labor que hasta el momento ha desarrollado el Consorcio Valencia 2007, de la forma que sea.
Además, la parte de la plantilla que desempeña la labor administrativa y que es a la que afecta los despidos, no entiende por qué el personal de marinería sí que queda bajo el mano de la Autoridad Portuaria de Valencia y serán subrogados por la próxima concesionaria del servicio, y ellos se tienen que ir a la calle en base al informe de la Abogacía General del Estado, que dicta el despido colectivo de los empleados.
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El actual equipo de gobierno del Ayuntamiento de Valencia, con el concejal José Marí Olano al frente, ha mantenido desde el primer momento que su máxima preocupación siempre han sido los empleados de La Marina, aunque también ha asegurado que nunca van a cometer una ilegalidad para mantener los puestos de trabajo y que el futuro no pasa por crear una nueva sociedad con personalidad jurídica propia, por lo que en principio los trabajadores afectados no van a ser recolocados.
El informe de la Abogacía del Estado es claro y apunta que se apostó por una fórmula de disolución de La Marina de Valencia que en ningún caso abría la puerta a la subrogación de los empleados. El consejo rector del Consorcio Valencia 2007 acordó su disolución y entró en fase de liquidación.
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La Abogacía destaca que la fórmula de disolución acordada fue la ordinaria, que implica la extinción y pérdida de personalidad jurídica por parte del Consorcio «por el cese absoluto de su actividad». Una decisión que significaba «la finalización de los contratos laborales que concertó por se estos contratos de carácter intuitu personae». Una decisión que se consolida en el artículo 49.1 g) del Estatuto de los Trabajadores, según el informe de la Abogacía. Si en lugar de por la fórmula ordinaria la disolución se hubiera adoptado por la vía extraordinaria, sí que se abría la posibilidad de la cesión global de activos y pasivos a una nueva empresa, según el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
El Ayuntamiento de Valencia además no se siente responsable del convenio laboral firmado en La Marina, y que ninguna de las administraciones consorciadas rubricó, al estimar que es un documento interno que además en ningún caso fue ratificado por la Autoridad Laboral.
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Este convenio se elaboró bajo la supervisión del despacho de abogados Acal, una firma que en su día fue investigada por presunta prevaricación y falsedad documental en un plan parcial en Caravaca de la Cruz. Este bufete de abogados trabajó por La Marina de Valencia a través de varios contratos menores y ha tenido también cierta trayectoria en el Ayuntamiento de Gandia, donde el exdirector de La Marina Vicent Llorens ha vuelto para ejercer de coordinador de Servicios Públicos y Comunicación Social.
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