Secciones
Servicios
Destacamos
Para que no falte de nada en este rocambolesco escenario que tienecomo eje principal el nuevo Mestalla, el Ayuntamiento de Valencia apunta una nueva arista. Esta vez en concreto no tiene referencia al nuevo estadio sino al viejo, aunque de alguna forma también puede ... estar de alguna forma relacionado. Los servicios jurídicos municipales han reiterado al Tribunal Superior de Justicia que ha prescrito, jurídicamente hablando, la sentencia que había sobre la famosa grada ilegal que todavía tiene inutilizada el club en el campo de la avenida de Suecia.
Así lo ha indicado el Ayuntamiento en el escrito que ha presentado hace ya unos días a la sala de lo contencioso administrativo, sección segunda, en el que hace referencia a 2011, en concreto al 14 de junio de dicho año, en el que la Sala dictó resolución acordando desestimar el recurso de súplica que interpuso la Federación de Asociaciones de Vecinos de Valencia contra el Auto que se dictó en mayo de ese 2011. Ese año es anterior a la propia ATE, ya que se puso en marcha precisamente en 2012.
Viene a referirse el Ayuntamiento (el actual formado por PP y Vox) que no es «posible la incoación de un incidente de ejecución de la sentencia dado el tiempo transcurrido, La acción que parece quiere ejercer a contraparte una vez acordada su personación, tiene un plazo de caducidad de cinco años, en virtud del artículo 1964 del código civil (plazo que es aplicable a partir de la Ley 42/2015). Dado que la sentencia del TS del Antiguo Mestalla es de 16-12-2005, solo cabe entender que, en efecto, la acción para solicitar la apertura de un incidente de ejecución ha caducado».
Noticia relacionada
Juan Carlos Valldecabres
Resulta que Libertad VCF ha tratado de personarse judicialmente en la causa, cuestión que ha levantado la oposición frontal del Ayuntamiento. Ahora, no obstante, tienen todavía que presentar por escrito su razonamiento tanto la Generalitat como el propio Valencia. Y, después, será el TSJ el que dictamine su resolución.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.