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La moción que ha presentado el PSPV sobre el nuevo Mestalla se le ha atragantado. El grupo municipal socialista pretendía vincular la aprobación de las fichas urbanísticas con un aval económico que asegurara que Peter Lim acababa las obras del recinto de Cortes Valencianas. Pues ... bien, instantes antes de que se tratara en el pleno, el PP ha presentado un informe jurídico del secretario municipal que califica de «contrario a derecho» exigir esa fianza por el coste total de las obras.
Sobre este punto, el informe de la Secretaria Municipal señala: «Analizada la normativa valenciana vigente en materia de urbanismo, en el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell (TRLOTUP) no encontramos norma alguna que faculte a la administración municipal para exigir al peticionario de una licencia de edificación en suelo urbano una fianza por el valor total de las obras, por lo que tal exigencia carece de cobertura jurídica en la vigente normativa urbanística» añadiendo que «…no existiendo norma jurídica que ampare al Ayuntamiento para exigir una fianza por el valor total de las obras de edificación al solicitante de la licencia, y no habiendo sido asumida tampoco dicha obligación de forma voluntaria en los convenios suscritos por el VCF, SAD con el Ayuntamiento de Valencia, resultaría contraria a derecho la inclusión de esta previsión en las Fichas de Gestión de la Modificación del Plan ATE.»
«En resumen, la inclusión en la Modificación del Plan ATE de la exigencia de una fianza por el valor total de las obras, como requisito sine qua non para la obtención de la licencia para la conclusión de la construcción del nuevo estadio, a nuestro juicio haría incurrir a este instrumento de planeamiento en causa de nulidad de pleno derecho, con nulidad radical o «ex tunc», por incurrir en infracción del ordenamiento jurídico, ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), ya que se trataría de una disposición administrativa de carácter general –lo planes urbanísticos tienen naturaleza reglamentaria según reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo- que estaría vulnerando las leyes, con manifiesta infracción de los principios de legalidad y jerarquía normativa».
«Ante el incumplimiento por una de las partes de las obligaciones asumidas en un convenio de colaboración, la reacción de la administración municipal no debe ser la exigencia de garantías carentes del cobertura jurídica, ni tampoco la denegación de la licencia de edificación por aquella solicitada –acto reglado, como se ha dicho, que debe necesariamente concederse si el proyecto se ajusta a la normativa urbanística y al planeamiento aplicable, sin margen de apreciación discrecional para la administración-, sino la resolución del convenio por incumplimiento grave de las obligaciones asumidas, la aprobación de su liquidación y la exigencia a la parte incumplidora de la indemnización que proceda por los daños y perjuicios efectivamente producidos».
¿Qué reclamaba la moción del PSPV? En un punto recogía «que las fichas de gestión incluyan, a falta de la firma de un nuevo convenio, las condiciones que ha de cumplir el nuevo estadio, de manera vinculante, para poder disponer de las plusvalías urbanísticas».
Es en otro punto donde se mencionaba el famoso aval que nunca ha querido aportar Meriton. «Que las fichas de gestión establezcan la obligatoriedad de que el Club deposite una fianza por el valor total de las obras de construcción del nuevo estadio, acreditado por el ayuntamiento sobre un análisis técnico del mismo, para poder obtener la licencia de edificación para la conclusión de la construcción de los usos deportivos previstos sobre la parcela calificada como GSP-1, destinados a albergar el nuevo estadio. Así como para el otorgamiento de cualquier licencia de edificación de obras de nueva planta sobre las parcelas con aprovechamiento lucrativo privado que tengan asignado un uso dominante terciario, ubicadas en la zona B «Corts Valencianes», y para admitir a trámite la iniciativa de programa de actuación integrada para el desarrollo de la unidad de ejecución de la fase 2 de la zona A. Todo ello derivado de la necesidad de garantizar que no se produce un nuevo incumplimiento en línea con el que ha acreditado el TSJCV, evitando que las obras vuelvan a quedar paralizadas una vez iniciado el trámite o que estas produzcan como resultado un estadio de menor calidad y condiciones del requerido». Todo ello es lo que el informe jurídico del secretario municipal califica de «contrario a derecho».
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