Justo 24 horas antes de que el Valencia mandara el escrito al Supremo para que se echara a la basura el recurso de casación sobre ... la ATE que él mismo había presentado hace seis meses, la sala de lo contencioso administrativo del TSJ de la Comunitat Valenciana ha emitido un auto que tiene que ver muy directamente con el viejo Mestalla. Libertad VCF pretendía personarse en la causa sobre la grada ilegal del viejo estadio que pese a haber existido sentencia al respecto, nunca se ha tocado. Pues bien, el TSJ reitera que la sentencia sobre el mismo está prescrita.
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Ahora, con este pronunciamiento edl TSJ, Libertad VCF se felicita por haber demostraba con este pronunciamiento judicial que el Valencia no tiene por qué retirarse del viejo Mestalla argumentando que existe una sentencia para derribar un trozo de grada.
Lo curioso es que el Ayuntamiento ya había presentado en el juzgado un escrito argumentando que la sentencia de derribo de la grada ilegal del viejo Mestalla había prescrito. Lo hizo a primeros del pasado mes de julio, en pleno debate sobre la aprobación de las licencias y las fichas urbanísticas del nuevo estadio.
Decía el Ayuntamiento a la sala de lo contencioso administrativo, sección segunda, que en 2011, en concreto al 14 de junio de dicho año, la Sala dictó resolución acordando desestimar el recurso de súplica que interpuso la Federación de Asociaciones de Vecinos de Valencia contra el Auto que se dictó en mayo de ese 2011. Ese año es anterior a la propia ATE, ya que se puso en marcha precisamente en 2012. Insistía en su escrito el Ayuntamiento que no es «posible la incoación de un incidente de ejecución de la sentencia dado el tiempo transcurrido, La acción que parece quiere ejercer a contraparte una vez acordada su personación, tiene un plazo de caducidad de cinco años, en virtud del artículo 1964 del código civil (plazo que es aplicable a partir de la Ley 42/2015). Dado que la sentencia del TS del Antiguo Mestalla es de 16-12-2005, solo cabe entender que, en efecto, la acción para solicitar la apertura de un incidente de ejecución ha caducado».
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Ello desmonta la versión que en algún momento había dado en algún momento la alcaldesa María José Catalá, sobre la necesidad de que el Valencia tenía que trasladarse al nuevo campo por esa sentencia que existía de la grada ilegal. El TSJ es claro ahora sobre el intento dl grupo Libertad VCF. «El escrito se presenta el 29/mayo/2024 y dado que la aplicación del plazo de 15 años da como resultado una fecha posterior al 7 de octubre de 2020 (teniendo como referencia la STS de la Sala 3ª que es de 16/diciembre/2005), en esa fecha, ya habían transcurrido 5 años después de la entrada en vigor de la norma, siendo ésta la última fecha a tener en cuenta para la prescripción».
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