El Valencia prepara una nueva maniobra con tal de equilibrar sus cuentas, marcadas por los numerosos problemas financieros debido al bajo rendimiento deportivo, los traspasos que no han cumplido las expectativas y el bloqueo de los proyectos urbanísticos. De esta forma, el consejo de administración del club, controlado por Meriton, aprobará en la próxima junta de accionistas una reducción de capital social de casi 29 millones de euros con tal de compensar pérdidas.
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Este viernes, el Valencia ha convocado la junta general ordinaria de accionistas para el 12 de diciembre a las 11 horas en el palco vip de Mestalla. Dentro del orden del día, destaca un punto en el que anuncia una "reducción del capital social dirigida a adecuar la estructura de patrimonio neto de la sociedad".
El club hace referencia a "la compensación de resultados negativos de ejercicios anteriores con cargo a las reservas disponibles de la sociedad". De esta forma, se llevará a cabo una reducción de capital de 28,93 millones de euros "para la compensación de pérdidas". Un movimiento que implicará "la consiguiente modificación estatutaria del artículo 5 de los Estatutos Sociales".
De cara a la asamblea, el Valencia explica que tendrán derecho de asistencia los accionistas titulares de, al menos, 5.786 acciones inscritas en el Libro Registro de Acciones Nominativas con cinco días de antelación a la fecha de celebración de la junta. "De acuerdo con lo regulado en los Estatutos Sociales de la Sociedad, los accionistas que posean un número menor de acciones al indicado en el párrafo anterior podrán agruparse confiriendo su representación, de manera escrita y con carácter especial con ocasión de la celebración de la presente Junta, a uno de ellos para representación y asistencia a la Junta", explican.
Estos son los otros cinco puntos del orden del día:
-Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Memoria, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y el Estado de Flujos de Efectivo), así como el Informe de Gestión de la Sociedad y del grupo consolidado, que incluye el estado de información no financiera consolidado, correspondientes al ejercicio 2021/2022, así como la gestión del Consejo de Administración durante ese período y propuesta de aplicación de resultados del ejercicio.
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-Reelección de Consejeros.
-Reelección de Ernst & Young, S.L. como auditor de cuentas de la Sociedad y de su grupo consolidado para el ejercicio 2022/2023.
-Aumento de la cifra del capital social de la Sociedad por un importe de 1.038.087 Euros, hasta la cantidad de 6.824.937 Euros, por compensación de créditos, a través de la emisión y puesta en circulación de 1.038.087 nuevas acciones ordinarias nominativas, numeradas correlativamente de la 5.786.851 a la 6.824.937, ambas inclusive, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, con un valor nominal de 1 Euro cada una de ellas, y una prima de emisión global de 16.609.392 Euros, equivalente a 16 Euros por acción; sin derecho de preferencia, de acuerdo con el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital; y consiguiente modificación estatutaria del artículo 5 de los Estatutos Sociales.
-Aumento de la cifra del capital social de la Sociedad por importe de 1.358.891 Euros, hasta la cantidad de 8.183.828 Euros, con cargo a aportaciones dinerarias, a través de la emisión y puesta en circulación de 1.358.891 nuevas acciones ordinarias nominativas, numeradas correlativamente de la 6.824.938 a la 8.183.828, ambas inclusive, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, con un valor nominal de 1 Euro cada una de ellas, y una prima de emisión global de 21.742.256 Euros, equivalente a 16 Euros por acción; con derecho de preferencia, de acuerdo con el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital; y consiguiente modificación estatutaria del artículo 5 de los Estatutos Sociales. De conformidad con lo previsto en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital, se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento de capital, de manera que, si éste no fuera suscrito íntegramente, la cuantía del aumento de capital quedará limitada al valor nominal de las acciones efectivamente suscritas y desembolsadas dentro del correspondiente periodo de suscripción, quedando sin efecto en cuanto al resto. Delegación de facultades en el Consejo de Administración de la Sociedad para la ejecución del acuerdo.
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