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Investigarán las denuncias vecinales por los olores de una planta de basuras en El Campello

El juzgado de Alicante y la Audiencia Provincial estaban investigando quejas contra la anterior corporación municipal por las molestias derivadas del funcionamiento de la planta de residuos

efe

Martes, 7 de julio 2015, 17:16

El titular del juzgado de Instrucción 5 de Alicante, Manrique Tejada, deberá investigar si existen indicios de delito en las molestias generada por los malos olores derivados de una planta de tratamiento de residuos de la localidad de El Campello, tal y como han denunciado varios vecinos afectados.

Así se establece en un auto de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, al que ha tenido acceso EFE, sobre una cuestión de competencia para dirimir quién había de asumir esta investigación presentada por otro órgano, el juzgado de Instrucción 9 de la capital.

Ambos juzgados estaban investigando sendas denuncias vecinales contra la anterior corporación municipal de El Campello, dirigida por el entonces alcalde del PP Juan José Berenguer, por las molestias derivadas del funcionamiento de la planta de residuos situada en la zona norte de la localidad.

Instrucción 5 abrió diligencias previas en 2012, aunque llegó a archivarla provisionalmente porque no apreció indicios delictivos, mientras que Instrucción 9 lo hizo con posterioridad, en 2014, a raíz de otra denuncia,.

El segundo órgano envió la causa que tramitaba al juez Tejada, pero éste rechazó la competencia sobre la misma porque ya había decretado el sobreseimiento provisional de la causa, entre otras razones.

La Audiencia Provincial ha acordado ahora que sea el juzgado de Instrucción 5 el que investigue ambas denuncias porque las dos se refieren a los mismos hechos, las molestias ocasionadas por la planta de tratamiento de residuos", y fue el que incoó en primer lugar diligencias previas sobre el asunto.

"El sobreseimiento acordado (por Instrucción 5) no era firme y se trata precisamente de un sobreseimiento provisional" que permite la reapertura de la causa, "todo ello sin perjuicio del criterio que pueda adoptar el instructor una vez acumulados ambos procedimientos", afirma el tribunal en el auto.

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