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Vista de un juicio celbrado con jurado popular.
Todos los juicios con jurado popular acaban con condena

Todos los juicios con jurado popular acaban con condena

Los asuntos resueltos mayoritariamente mediante este procedimiento son los relacionados con los delitos de allanamiento, asesinato, homicidio y amenazas

EFE

Viernes, 16 de septiembre 2016, 18:11

La totalidad de los juicios celebrados mediante el procedimiento del jurado en la Audiencia Provincial de Alicante durante el pasado año judicial acabaron en condena, según ha informado hoy el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV).

En total, la Audiencia celebró 8 juicios mediante este procedimiento en 2015.

Los asuntos resueltos mayoritariamente mediante este procedimiento son los relacionados con los delitos de allanamiento de morada, asesinato, homicidio y amenazas.

Son datos conocidos hoy durante el sorteo bianual para elegir a los 2.000 integrantes de la bolsa de candidatos a jurado para los juicios que se celebren en los dos próximos años en la Audiencia Provincial.

El presidente de la Audiencia, Vicente Magro, ha agradecido la colaboración de la ciudadanía en el cumplimiento de esta obligación y ha señalado que la institución del Jurado en Alicante "ha tenido un desarrollo óptimo desde su inicio".

En Alicante han sido elegidos 2.000 ciudadanos y ciudadanas seleccionados por muestreo aleatorio del total del censo de la provincia. Estas 2.000 personas pasan a formar parte de la lista a partir de la cual se realizarán los sorteos previos a cada causa concreta.

Una vez celebrado el sorteo se enviará una comunicación a los elegidos para que tengan conocimiento de su inclusión en la lista de jurados y puedan alegar en caso de que les afecte alguna de las situaciones de incompatibilidad que recoge el artículo 8 de la Ley del Jurado.

Paralelamente, si durante los próximos dos años resultan elegidos para el enjuiciamiento de una causa en concreto, les llegará una citación a su domicilio con todos los datos sobre el asunto y también en este momento podrán alegar posibles causas de incompatibilidad, prohibición o excusa.

Este procedimiento de sorteo para la elaboración de listas de forma aleatoria se realiza siguiendo el artículo 13 de la Ley del Jurado.

El sorteo se ha realizado a través de un ordenador, utilizando una combinación matemática que garantiza la aleatoriedad.

El programa de ordenador facilita la lista a través de combinaciones numéricas, sin que visualicen nombres ni ningún otro dato que permita la identificación de los ciudadanos y ciudadanas elegidos.

La Ley que regula este procedimiento dispone que la función de jurado tiene la consideración de cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, a los efectos del ordenamiento laboral y funcionarial.

Si finalmente el candidato formara parte del jurado, la Ley contempla una retribución diaria de 67 euros.

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