![La Audiencia confirma la absolución del exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi de tres delitos fiscales](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202105/25/media/cortadas/LF2QZ221-RpIm6CkpJ5N8LW8ZYEoVWlL-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
![La Audiencia confirma la absolución del exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi de tres delitos fiscales](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202105/25/media/cortadas/LF2QZ221-RpIm6CkpJ5N8LW8ZYEoVWlL-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
Secciones
Servicios
Destacamos
e. p.
ALICANTE
Martes, 25 de mayo 2021, 14:12
La sección décima de la Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado la absolución del exalcalde 'popular' de la ciudad de Alicante Luis Díaz Alperi de los tres delitos contra la Hacienda Pública y cohecho de los que ya había sido absuelto por un Juzgado de lo Penal. También se ha exculpado a otros tres empresarios que estaban acusados como cooperadores necesarios de estos delitos.
De esta forma, el tribunal ha desestimado los recursos interpuestos por la Fiscalía y la Abogacía del Estado contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 6 de Alicante que absolvía a los acusados al no considerar probada la existencia de incremento patrimonial fruto de negocios simulados ni que la titularidad de un catamarán que se cuestionaba fuera exclusiva de Alperi, más allá de la propiedad que conste en términos jurídicos, ni que se permitiere el uso del atraque en consideración a su cargo.
En concreto, Fiscalía alegaba infracción de ley y error en la valoración de la prueba y pedía la revocación de la sentencia y que se dictara una nueva con condena. De modo alternativo, también reclamaba un nuevo juicio con un órgano distinto.
La Audiencia lo desestima y señala que la sentencia de primera instancia resuelve todas las pretensiones de las partes y valora las pruebas practicadas y está "suficientementea sentada" en elementos de prueba que describe y detalla. Para la sala, el razonamiento absolutorio, aunque "discutible", "aparece fundado en elementos probatorios reales a los que se ha dotado de mayor eficacia convictiva que a otros".
El tribunal explica que la sentencia les absuelve por concurrir dudas en cuanto a los elementos de hecho fundándose en algunas circunstancias ciertas y objetivas, aunque "sobredimensionadas", a juicio del tribunal.
El juez de instancia absolvió a los acusados al no ver acreditado que el exalcalde defraudara a la Agencia Tributaria una cantidad total superior a los 682.000 euros en sus declaraciones de IRPF correspondientes a los ejercicios fiscales de 2007, 2008 y 2010 por incrementos patrimoniales no justificados.
Del mismo modo, la sentencia inicial absolvía a Díaz Alperi de un delito de cohecho, al determinar que no había quedado acreditado que el gerente de la Marina Deportiva del Puerto de Alicante le permitiera amarrar un barco y utilizar las instalaciones de forma gratuita desde el 18 de noviembre de 2008 al 31 de enero de 2013, "en consideración a su condición del cargo de diputado en Les Corts Valencianes y por su anterior condición de alcalde de la ciudad de Alicante".
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.