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EFE
Benidorm | Las restricciones para hacer deporte en Benidorm

Las restricciones para hacer deporte en Benidorm

La Resolución del 9 de abril de la Consellería de Sanidad publica una novedad que estará en vigor hasta el próximo 25 de abril

redacción

Martes, 13 de abril 2021, 19:44

La pandemia por coronavirus ha hecho que las comunidades autónomas tengan que aplicar una serie de restricciones a la movilidad que afectan a los ciudadanos y que tienen como principal objetivo evitar la expansión de los contagios, que este martes han aumentado en 83 en la Comunitat, con 9 fallecidos más.

Uno de los sectores que se ha visto más afectado por esta complicada situación generada por el virus ha sido el ámbito deportivo. Pero no todo son malas noticias.

Y es que, la resolución del día 9 de abril de la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública flexibiliza la restricción que existía hasta el momento e informa que, desde este 13 de abril y hasta el próximo día 25 del mismo mes, hasta seis personas podrán practicar deporte individual en la calle, al aire libre. Hasta ahora, sólo se podía practicar actividad física y deportiva al aire libre y en instalaciones deportivas abiertas en grupos máximos de cuatro personas.

Lo que no varía es la ausencia de contacto físico y la obligatoriedad de mantener la distancia de seguridad recomendada por las autoridades sanitarias.

Esta medida sólo afecta al deporte individual practicado al aire libre, así que para el resto de actividades siguen vigentes las Resoluciones del 5 de diciembre de 2020 y del 25 de marzo de 2021.

Así lo anunciaron el presidente de la Generalitat, Ximo Puig, y la consellera de Sanidad, Ana Barceló, tras la mesa interdepartamental COVID del pasado 8 de abril. Las nuevas medidas estarán en vigor durante dos semanas en la Comunitat, que sigue con la incidencia acumulada más baja de España y Europa.

El uso de la mascarilla en el deporte

Por último, para la realización de actividad deportiva al aire libre o en instalaciones deportivas abiertas, y siempre que sea posible mantener la distancia de seguridad, no será obligatorio el uso de mascarilla, tal y como estaba vigente en la actualidad.

La mascarilla será obligatoria en zonas o espacios con gran afluencia de personas, donde no sea posible mantener la distancia de seguridad recomendada por las autoridades sanitarias con el resto de personas deportistas o peatones.

Para la realización de actividad deportiva en instalaciones cerradas será obligatorio el uso de mascarilla. No será obligatorio el uso de mascarilla cuando se practique deporte de intensidad en el ámbito de las competiciones autorizadas en esta resolución y sus entrenamientos.

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