REDACCIÓN
BENIDORM
Jueves, 22 de julio 2021
La Generalitat Valenciana ha aprobado aplicar el toque de queda en Benidorm y otras 17 localidades alicantinas entre el 26 de julio y el 16 de agosto. La limitación de la circulación de las personas será en horario nocturno entre la 01.00 y las 06.00 horas. Hasta el 25 de julio no hay toque de queda en Benidorm ni en otras localidades turísticas como Dénia, Calpe o Alicante, ya que la única localidad alicantina afectada por esta medida hasta ese fecha era San Vicente del Raspeig.
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Los municipios afectados por el nuevo toque de queda veraniego en la provincia de Alicante son L'Alfàs del Pi, Alicante, Banyeres de Mariola, Benidorm, Callosa d'en Sarrià, Callosa de Segura, Calp, Dénia, Gata de Gorgos, La Nucía, Muro de Alcoy, Ondara, Pego, Santa Pola, Sant Vicent del Raspeig, Sax, Teulada y la Vila Joiosa.
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Las excepciones a la movilidad nocturna son:
a) Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
d) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
e) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
f) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
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g) Desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial.
h) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
i) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
j) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
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Nuevas medidas
En el ámbito de la Comunitat Valenciana, en domicilios y espacios de uso privado y en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, no se podrán formar grupos de más de 10 personas, salvo que se trate de personas convivientes o salvo que se trate de dos núcleos de convivencia.
Además se restringen aforos en piscinas, espectáculos, cines, espectáculos deportivos...
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