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La permisividad con el suspenso que ha traído la Lomloe, popularmente conocida como Ley Celaá (por la ministra que la impulsó), ha provocado un incremento del alumnado de la ESO que consigue pasar de curso. O lo que es lo mismo, que evita la repetición. ... Y en parte las cifras se explican por el aumento de estudiantes que lo hacen con materias suspendidas. De hecho, en el primer ejercicio de implantación de la reforma educativa, el 2021-2022, se alcanzaron máximos históricos en este parámetro, según se desprende de la última estadística sobre resultados académicos publicada por el Ministerio de Educación. Esta situación se dio en todos los niveles: desde 1º hasta 4º.
La información que ofrece el departamento se expresa en porcentajes. Se refieren a todos los que promocionan (respecto a los matriculados), y de estos, a los que lo hacen con todas las asignaturas aprobadas y a aquellos que pasan con alguna pendiente, sin explicitar cuántas. Los datos se remontan hasta el 2012-2013, pues en los anteriores ejercicios la estadística ya no diferencia entre tipos de promoción.
El resumen, a grandes rasgos, es que hay un mayor volumen de alumnado que pasa de curso, algo entendible atendiendo a que la ley insta a que la repetición sea una medida del todo excepcional, y que crece hasta máximos el porcentaje de estudiantes que consigue hacerlo arrastrando alguna materia. En concreto, el 31,5% del total en 1º de la ESO, el 35,3% en 2º, el 32,8% en 3º y el 25,6% en 4º. En este último caso, consiguiendo el título de graduado escolar. En cuanto a los que promocionan con todas las asignaturas aprobadas, se pueden encontrar varios años previos a los de la pandemia, que fueron excepcionales en cuanto a flexibilidad, en los que el volumen era mayor que en el primer año de implantación de la Lomloe.
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Los criterios de promoción que rigieron en el curso 2021-2022 venían recogidos en un real decreto que quedó derogado cuando empezaron a aplicarse las normativas que regulan la organización y el currículum de las diferentes etapas, que entraron en vigor posteriormente: en el 2022-2023 en los cursos impares y en el 2023-2024, el actual, en los pares. De todas formas, los artículos son casi calcados.
Con la Lomloe se pasa de curso automáticamente hasta con dos materias pendientes, y para el resto de casos la decisión queda en manos del equipo docente, y tiene que ser colegiada. En la última reunión de evaluación se debe tener en cuenta si ha conseguido los objetivos de la materia, el grado de adquisición de las competencias trabajadas y valorar si puede «seguir con éxito el curso siguiente, estimar que tienen expectativas favorables de recuperación» y que al final la promoción «beneficiará su evolución académica».
Además, se debe «priorizar la progresión y consecución de los aprendizajes mínimos y valorar que las medidas favorezcan» su avance. Y tiene que contar con el visto bueno de la mayoría simple de los profesores de las diferentes materias. En caso de empate, la balanza se decantará con el voto de calidad del tutor.
Bajo esta premisa, se puede avanzar con tres o cuatro materias, incluso con más, pues la norma no fija ningún límite, aunque la lógica indica que ningún profesional admitiría semejante escenario. En resumen, todo queda en manos de los profesores que trabajan con el alumnado.
La ley orgánica anterior, la Lomce del PP, era bastante más restrictiva con la promoción. El máximo permitido se fijaba en dos materias, e incluso se negaba por regla general si estas eran Castellano y Matemáticas (o Valenciano, en el caso de la Comunitat). Excepcionalmente se podía avanzar de curso con tres, siempre que la medida fuera beneficiosa para el alumnado y tuviera posibilidad de recuperarlas. Pero no se autorizaba si entre estas estaban dos de las tres materias señaladas. Y en ningún caso se permitía promocionar con cuatro o más.
La Ley Celaá también ha modificado los requisitos de titulación, esto es, conseguir el graduado tras 4º y avanzar hacia Bachillerato o FP. Se aplican las mismas ideas que para el paso de curso: decisión colegiada, mayoría simple y valorando que el alumnado haya adquirido las competencias clave. Pero no se habla de límites de suspensos, al contrario que con la ley anterior, que no lo permitía con más de dos ni si coincidían las materias instrumentales citadas. En principio la Lomce obligaba a pasar por una reválida final para conseguirlo, aunque nunca se llegó a aplicar.
Por otro lado, si se observa la gráfica adjunta, resulta evidente que en el primer curso de aplicación de la Ley Celaá el volumen de alumnado total que promocionó fue superior que en ejercicios anteriores entre 1º y 3º, exceptuando los años de pandemia (2019-2020 y 2020-2021), cuando se aplicaron medidas excepcionales para evitar la repetición atendiendo a los condicionantes sanitarios, que obligaron a suspender las clases presenciales y a aplicar sistemas de alternancia y aislamientos preventivos. Sólo en 4º se observan dos ejercicios previos con un porcentaje de promoción ligeramente superior, aunque es cuestión de décimas.
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