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Un local abierto por la noche en Valencia. IVÁN ARLANDIS

Los bares y restaurantes podrán abrir en la Comunitat hasta las 23.30 horas

El TSJCV revela en la resolución en la que avala las medidas del Consell la propuesta que le han hecho sobre la hostelería y desvela que la Generalitat aprobará otras 14 medidas

LAS PROVINCIAS

Valencia

Viernes, 7 de mayo 2021, 15:35

La resolución del TSJCV en la que avala las medidas de la Generalitat Valenciana tras el estado de alarma desliza el horario de cierre de la hostelería, pese a que no se trata de una de las medidas que ha tenido que validar. En su argumentación para justificar que la adopción de las restricciones es proporcionada y ajustada a derecho establece las medidas adicionales propuestas por el Consell y deslizaque «la extensión del inicio de la limitación horaria de movilidad (hasta ahora estaba en las 22,00 horas y ahora pasa a las 00,00) va a permitir también la ampliación horaria del cierre de otros establecimientos, singularmente la hostelería y restauración (actualmente a las 22,00 horas y que previsiblemente se ampliará a las 23,30 horas)».

Es decir, que la ampliación del toque de queda permitirá ampliar el horario de cierre de los bares y restaurantes y considera que estas medidas «tratan de conjugar o encajar de la mejor manera posible las dos «piezas» más importantes (salud y economía -por este orden-) de este insólito puzle que representa la actual pandemia», relata literalmente.

El auto establece que las medidas son idóneas, necesarias y proporcionadas para atajar la transmisión del coronavirus. Sin embargo establece su vigencia hasta el 24 de mayo y no hasta el final de mes, como había pedido la Generalitat.

Aquí puedes leer la resolución del TSJCV. Si no puedes visualizarlo correctamente, recarga la página o activa la versión escritorio en tu dispositivo móvil.

El TSJ también desvela que el Consell ha propuesto 14 medidas «orientadas a una transición más inteligente, procurando una desescalada progresiva y enfocada al corto plazo», medidas que califican de «equilibradas«, por derivarse de ellas «más beneficios para el interés general -contención de la pandemia- que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto».

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