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El Consorcio de Compensación de Seguros ha empezado a abonar el miércoles 6 de noviembre las primeras indemnizaciones a aquellas familias y empresas que han perdido su vehículo, que serán un 20% superiores al valor de tasación del coche, según anunció Pedro Sánchez, aunque esta medida no ha aparecido en el Real Decreto de ayudas publicado en el BOE.
El valor de tasación o valor venal aparece en la Orden HFP/1396/2023, de 26 de diciembre, publicada por el Ministerio de Hacienda, que elabora anualmente tablas de modelos y precios, sobre las que hay que aplicar una segunda tabla con el porcentaje de devaluación del vehículo.
Por lo tanto, para calcular el valor de tasación de un vehículo afectado por la DANA hay que fijarse en el precio que aparece en la tabla I, II o III (en función del tipo de vehículo que sea) y multiplicarlo por el porcentaje de depreciación de la tabla en función de los años que tenga el vehículo y, con ese resultado, multiplicarlo por 1'20, que es el 20% adicional que ha aprobado el Gobierno.
VALOR DEL COCHE = Precio x índice de devaluación/100 x 1'20
Puedes ver el precio de los vehículos durante el primer año posterior a su primera matriculación determinado por Hacienda, que ha utilizado para realizar las tablas las aportaciones realizadas por las asociaciones de fabricantes y vendedores de medios de transporte.
Puedes descargar la tabla para buscar cualquier vehículo y ver su precio, y con ese dato realizar el cálculo final. Dado el volumen de información (hay más de 2100 páginas) puede tardar unos instantes en cargarse el dato solicitado.
Hay dos tablas, unas para vehículos de turismo, todoterrenos, quads y motocicletas, y otra para autocaravanas, camper y vehículos vivienda.
Además, Hacienda informa de que el importe que resulte de la aplicación de los porcentajes correctores, se reducirá al 70 por 100 cuando el vehículo transmitido hubiese estado dedicado exclusivamente durante más de seis meses desde la primera matriculación definitiva, a las actividades de enseñanza de conductores mediante contraprestación o de alquiler de vehículos, sin conductor, o bien tuviera la condición, según la legislación vigente, de taxi, autotaxi o autoturismo.
Se estima que son 100.000 vehículos afectados los afectados por la DANA. El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) informó que estos daños están incluidos en los legalmente llamados «riesgos extraordinarios», por lo que asumirá directamente con sus propios medios la gestión y el pago de solicitudes indemnización que reciba.
El requisito para acceder a la cobertura del CCS es que la persona o el bien afectado estén asegurados y tengan su seguro en vigor en el momento en que se produjo la inundación extraordinaria. Este hecho se debe acreditar en la solicitud de indemnización al CCS.
Las solicitudes pueden presentarse por el asegurado o por la empresa aseguradora o mediador en representación suya. Se puede hacer mediante una llamada al teléfono 900 222 665, facilitando los datos del asegurado y las personas o bienes con daños; o mediante la web del CSS (www.consorseguros.es).
Como novedad de este año, se incluye en el anexo IV una tabla con porcentajes específicos para la actualización de los precios medios de las autocaravanas ya matriculadas, debido a que se considera que el valor en el mercado de estas se deprecia con el paso del tiempo a un ritmo distinto que el de los demás vehículos.
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Puedes leer íntegra la Orden, con todas las especificidades.
Los precios medios de venta son utilizables como medios de comprobación a los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
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