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Manifestación de conductores de VTC en Madrid. EP
Competencia carga contra el decreto de los VTC que obliga a pedirlos 15 minutos antes

Competencia carga contra el decreto de los VTC que obliga a pedirlos 15 minutos antes

La entidad considera discriminatoria la prohibición del estacionamiento o de la geolocalización en la norma del Consell

ELISABETH RODRÍGUEZ

Valencia

Viernes, 15 de marzo 2019, 01:48

La Comisión de Defensa de la Competencia de la Generalitat desaprueba la norma que prepara el Consell para regular el transporte mediante VTC -esto es, Cabify y Uber-. En concreto, el organismo publicó ayer un informe que carga de manera contundente con el proyecto de decreto ley de prestación del servicio de transporte público discrecional de personas mediante arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) al considerarlo discriminatorio.

No sólo critica las principales medidas de la norma, como la precontratación de 15 minutos y la prohibición de la geolocalización, sino que, además, solicita que se eliminen, debido a que «supone un claro perjuicio para las personas usuarias». En ese sentido, la entidad alerta de que la nueva norma «restringe la competencia limitando la oferta» y priva a los usuarios «de posibles beneficios en términos de servicios más innovadores, más baratos y de mejor calidad».

De este modo, el ente de Competencia -adscrito a la Conselleria de Economía- se suma al dictamen que la Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO) esgrimió el pasado febrero, donde se pide que el decreto del Govern de Cataluña no sea convalidado por el Parlamento catalán al verlo discriminatorio. En la norma catalana también se contempla la obligación de precontratar los servicios de Uber y Cabify con un tiempo mínimo de 15 minutos.

El informe no es vinculante, pero abre la puerta a futuros litigios y a una posible anulación de la norma

Por lo que respecta al informe del órgano regulador, hay que añadir que carece de carácter vinculante y preceptivo. No obstante, este choque entre el organismo y la norma abre la puerta a posibles litigios futuros o a que la ley pueda ser anulada, algo que anticipó el presidente de la entidad homóloga catalana, Marcel Coderch, al indicar que el reglamento «acabará en los tribunales sin lugar a dudas». No obstante, habría que ver si esto tiene su réplica en la Comunitat, aunque nada hace descartar que las propias empresas de VTC hagan suyo el informe de Competencia para pedir la impugnación de la norma valenciana en los juzgados.

Entre las medidas criticadas por el organismo valenciano destaca la obligación de los 15 minutos de precontratación. «La exigencia de pre-contratación constituye una limitación innecesaria, desproporcionada y discriminatoria», reza el informe, donde se indica que «es recomendable que la regulación autonómica y local elimine esta limitación, que se aplica a las VTC pero no al taxi».

Las claves

  • Enfoque global El organismo recomienda al Consell una norma global para evitar una dualidad (taxi y VTC)

  • Interés general Las justificaciones (problemas movilidad, tráfico, protección del medio ambiente, etc.) no son lo suficientemente sólidas.

  • Precontratación Es discriminatoria porque sólo se aplica el servicio VTC y no al del taxi.

  • Estacionamiento y geolocalización Son limitaciones que «no se encuentran justificadas ni son proporcionadas a ninguna razón de interés general»

  • Sustitución de vehículos Se recomienda que las exigencias se extiendan al taxi.

  • Habilitación entes locales El informe pide que se elimine la posibilidad de que los ayuntamientos amplíen la precontratación.

Asimismo, se hace eco del informe catalán y lo parafrasea al sentenciar que «la potencialidad restrictiva de la medida puede verse fácilmente magnificada a nivel local o metropolitano y comportar la expulsión directa y definitiva de los operadores de VTC del mercado». A ello, Competencia añade que dicha medida «resulta también discriminatoria».

En cuanto a las prohibiciones en materia de estacionamiento y geolocalización, el órgano manifiesta que «constituyen limitaciones adicionales a las ya existentes en la normativa estatal, que no se encuentran justificadas ni son proporcionadas a ninguna razón de interés general». Del mismo modo, califica la medida de discriminatoria y emplaza a su anulación.

En cuanto a la exigencia de sustitución de vehículos, Competencia considera que la obligación debe extenderse también al taxi.

El informe plantea eliminar la autonomía municipal

El documento elaborado por la Comisión de Defensa de la Competencia de la Comunitat también aborda la habilitación que el proyecto de decreto ley impulsado por la Conselleria de Obras Públicas otorgaba a los ayuntamientos. En concreto, la normativa del departamento de María José Salvador dejaba a las administraciones locales la posibilidad de ampliar el tiempo de precontratación de los VTC por encima de los 15 minutos.

Una medida que, por ejemplo, el Ayuntamiento de Valencia, en concreto la concejalía de Movilidad, ya anunció que utilizaría para extenderlo hasta la hora, tal y como reclamaban los taxistas, a pesar de que inicialmente el alcalde, Joan Ribó, había apuntado que se mantendrían los quince minutos.

Para la Comisión de Defensa de la Competencia, esa potestad concedida a los entes locales «posibilita que los efectos negativos para la competencia se acentúen, en caso de que la habilitación se utilice y se concrete en normas locales más restrictivas». Por ello, el organismo valenciano recomienda a la Generalitat que elimine la regulación propuesta.

Mientras ayer se conocía este informe, el proyecto de normativa del Consell continúa sus pasos administrativos. Así, fuentes de la conselleria confirmaron ayer que el texto está terminado y que se ha remitido a la Abogacía de la Generalitat para que emita el informe preceptivo.

No se solicitará pronunciamiento al Consell Jurídic Consultiu, algo que reclamaron desde la patronal Unauto para aclarar la legalidad del texto (el homólogo catalán calificó de inconstitucional la normativa regulatoria de aquella autonomía) pero que la consellera descartó porque no se comtempla en el proceso preceptivo de tramitación de ningún decreto.

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