T.V
Jueves, 25 de noviembre 2021, 13:35
El pasaporte Covid está cada vez más cerca de ser necesario para acceder a gran parte de locales de hostelería y ocio en la Comunitat Valenciana. Al menos es es la intención de la Generalitat como respuesta al repunte de contagios que está viviendo la autonomía, una tendencia al alza que se reproduce también en Europa. El aumento de casos y la presión hospitalaria acentúan la necesidad de tomar esta medida para intentar frenar el avance de la pandemia, según trasladó este miércoles la consellera de Sanidad, Ana Barceló, en una reunión con dicho sector empresarial.
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La medida, en principio, pretende controlar a través del pasaporte Covid la entrada a locales de hostelería pero no afectará a las terrazas, ni tampoco a a otros negocios como comercios, teatros, cines o espacios cerrados con gran afluencia de público. Este es el planteamiento inicial de la Conselleria de Sanidad, todavía pendiente de ser concretado y aprobado.
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Para hacerse con el pasaporte Covid valenciano hay que acudir al portal https://coronavirus.san.gva.es de la Generalitat, accediendo al apartado 'Certificado digital UE'. Desde aquí se pueden seleccionar tres opciones diferentes de certificados, entre los que tendremos que optar por 'Vacunación'.
En este apartado, la Generalitat detalla que este certificado digital permite acreditar que la persona ha recibido dosis de las vacunas frente a la COVID aprobadas por la UE. «Podrá emitirse a partir de las 24 horas de la administración de cada una de las dosis», explican desde el portal. La validez de este certificado podrá variar según los requisitos de entrada a cada país.
Se puede obtener del certificado de manera inmediata por los siguientes medios:
- Electrónico. Se puede obtener con el número de SIP a través de la siguiente dirección: https://coronavirus.san.gva.es/ca/certificado-digital-ue
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- Presencial, en los centros de salud, solicitando cita previa.
- Certificado de vacunación: para quienes hayan recibido alguna dosis de las vacunas frente a la Covid-19.
- Certificado de diagnóstico: disponible para quienes se hayan realizado una PCR para la Covid en las últimas 72 horas o una prueba de antígeno hace 48 horas.
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- Certificado de recuperación: para quienes hayan tenido confirmación de la Covid-19 con una prueba PCR positiva hace menos de 180 días. El reglamento europeo no admite prueba de antígeno positiva como certificado de recuperación.
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