![Pasaporte Covid en Valencia, Alicante y Castellón | Las 15 dudas del pasaporte Covid en la Comunitat](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202112/04/media/cortadas/pasaporte-ivan-kD6D-U160165904708fn-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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El certificado Covid es ya una realidad en la Comunitat Valenciana. En la madrugada de viernes a sábado entraba en vigor y los valencianos y visitantes deben mostrarlo para entrar en determinados lugares o asistir a ciertos eventos. De hecho, no hacerlo puede conllevar una infracción de hasta 600 euros para los particulares. Los locales, por su parte, si incumplen con la exigencia del pasaporte Covid pueden recibir una multa de hasta 3.000 euros.
El interés por obtener el pasaporte Covid para viajar o acceder a negocios hosteleros ha provocado que cientos de valencianos que se negaban a ponerse la inyección cambiaran de idea e hicieran cola en los puntos móviles de vacunación. Este viernes, se forman colas eternas en el 'vacunódromo' de la Ciudad de las Artes y las Ciencias, que se ha trasladado todo el puente al Palau de la Generalitat, en la plaza de Manises (Valencia).
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La implantación de este documento ha generado un mar de dudas entre los valencianos. Prueba de ello fueron las primreas horas de vida del pasaporte Covid en Valencia, que se empezó a reclamar a medianoche en la ciudad entre despistes de los que estaban de fiesta.
Preguntas frecuentes sobre el pasaporte Covid en la Comunitat
- Locales hostelería y restauración con aforos de más de 50 personas
- Locales de ocio y entretenimiento con aforos de más de 50 personas
- Espacios dedicados a actividades recreativas y de azar con servicio de restauración
- Eventos y celebraciones de más 500 personas donde no siempre se pueda llevar la mascarilla
- Visitas a hospitales (cuando se permitan) y a residencias de servicios sociales
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Actividades de hostelería y restauración, con aforos de más de 50 personas, contemplados en la Ley 14/2010 de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos:
- Salones de banquetes
- Restaurantes
- Cafés, bares
- Cafeterías
- Establecimientos públicos ubicados en zona marítimo-terrestre
- Salones-lounge
Actividades de ocio y entretenimiento, con aforos de más de 50 personas, contemplados en la Ley 14/2010 de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos:
- Salas de fiestas
- Discotecas
- Salas de baile
- Pubs
- Ciber-cafés
- Establecimientos de exhibiciones de contenido erótico
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Actividades recreativas y de azar, con servicio de restauración, contemplados en la Ley 14/2010 de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos:
- Casinos de juego
- Salas de bingo
- Salones recreativos de máquinas de azar tipo A y B
- Salones de juego
- Tómbolas y similares
- Salones cíber y similares
El certificado únicamente se exigirá a las visitas (que en estos momentos no están permitidas); no a los acompañantes ni a los pacientes.
No es necesario, siempre que éstas no se encuentren cerradas con elementos fijos o desmontables.
El certificado Covid digital de la UE contiene la información estrictamente necesaria: nombre de la persona titular, fecha de nacimiento, fecha de emisión, información relevante sobre la vacuna, prueba diagnóstica o recuperación y un identificador único.
La app solo muestra en la pantalla del dispositivo la identidad de la persona titular del certificado que acaba de leer. Esta información desaparece una vez mostrada y no se registra en el dispositivo. El uso de la app solo está autorizado para la finalidad indicada.
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Existen tres tipos:
- Certificado de vacunación: permite acreditar que la persona ha recibido la pauta completa de vacunación. No es necesario haber recibido las dosis de refuerzo para que el certificado sea válido.
- Certificado de diagnóstico: ofrece la acreditación de que la persona dispone de un resultado negativo de una prueba diagnóstica de Covid, que puede ser PCR o antígeno. La validez de este certificado será de 72h para la prueba PCR y de 48 horas para la prueba de antígeno contadas desde su realización. Para poder acreditar los resultados de las pruebas de antígenos deben haberse realizado en un laboratorio autorizado y con uno de los kits comerciales aprobados por la UE.
- Certificado de recuperación: acredita de modo digital, en el código QR, que la persona se ha recuperado de la Covid tras haber confirmado su enfermedad mediante una prueba PCR positiva. Este certificado será válido desde el día 11 de la toma de la muestra PCR positiva hasta 180 días después. El reglamento europeo no admite prueba de antígeno positiva como certificado de recuperación.
-A través del siguiente enlace
-A través de la App GVA+Salut
-En los centros de salud. Recuerde que ha de solicitar cita previa en la agenda de mostrador.
-En el siguiente documento dispone de información sobre los servicios de cita previa en Atención primaria: Cómo y cuándo solicitar consulta en el Centro de Salud
-Solicite cita online o a través de la App GVA+Salut
El certificado Covid es válido tanto si se presenta como un documento digital en soporte móvil o en papel tras haber sido descargado e impreso.
No. Se considera que una persona ya está recuperada a partir del día 11 después de la primera PCR positiva y hasta los siguientes 180 días.
No. Basta con tener la pauta completa. Si, recibida la dosis de refuerzo, la app no reconociera el certificado será necesario mostrar el documento (en papel o digital) al acceder al local o establecimiento para que el personal pueda comprobar que se está correctamente inmunizado.
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El certificado es un documento totalmente seguro y fiable. Por un lado, el diseño del certificado, basado en un código QR sellado electrónicamente, garantiza su autenticidad. Por otro, se garantiza la máxima protección de datos personales, la seguridad y la privacidad. Los datos personales contenidos en el certificado serán tratados únicamente a efectos de verificar la información incluida en el certificado, cumpliendo con lo establecido en las normativas europea y nacional en materia de protección de datos de carácter personal. Estos datos no se conservan en ningún caso.
Sí. Para comprobar que el certificado es el de la persona que lo muestra, hay que adjuntarlo con un documento que acredite la identidad del portador.
Se puede descargar si dispones de número SIP asignado en la Comunitat Valenciana. En caso de no tener número SIP se debe solicitar a través de la página web del Ministerio de Sanidad.
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