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Cualquier colegio debe traducir los documentos de uso interno que soliciten las familias o cuya consulta sea preceptiva, por ejemplo en un consejo escolar. Al valenciano o al castellano, que suele ser la queja habitual en el ámbito educativo. Lo mismo se aplica con las ... comunicaciones (circulares informativas, ofertas sobre extraescolares o excursiones, por ejemplo) que se hacen llegar a través de los canales habituales, sean las mochilas o las aplicaciones telemáticas.
Así se desprende de la respuesta obtenida por la portavoz de la asociación Hablamos Español en Alicante, Asun Núñez, que reclamó que la memoria a aprobar en el consejo escolar al que pertenece, correspondiente al curso 2021-2022, estuviera disponible también en castellano aunque la aplicación informática que usan los centros y que la genera sólo la produzca en valenciano.
La comunicación de la conselleria se deriva de las reclamaciones presentadas ante la dirección territorial y el Síndic de Greuges, y recoge la postura habitual de la administración educativa ante este tipo de peticiones, sólo traducir si se pide de forma expresa, algo que no comparte el Defensor del Pueblo, que con total seguridad volverá a recomendar a Educación que atienda a la preferencia lingüística de los reclamantes.
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Así ha quedado acreditado en el tira y afloja mantenido entre las partes en relación al uso de las lenguas, pues el Síndic defiende que la cooficialidad debe respetarse de oficio, no a instancia de parte, lo que ha provocado un goteo de críticas sobre la forma de proceder del departamento autonómico. Sin olvidar los reveses judiciales, en este caso cuando se ha intentado legislar en detrimento del castellano. Al menos doce choques, incluyendo también un pronunciamiento (este tangencial) del Consell de Transparencia. Todos con una base común: no se pueden laminar los derechos lingüísticos de los castellanoparlantes.
Marzo de 2022
El último caso que ha trascendido, el arriba citado, tiene un antecedente. Núñez presentó una reclamación idéntica en relación a la memoria del curso 2020-2021, sin obtener respuesta de la administración, que sin embargo sí respondió al Síndic defendiendo que el decreto de usos institucionales de las lenguas establece que el centro debía utilizar el valenciano, y sólo el castellano si el interesado lo pedía. El Síndic no sólo recordó que esta normativa está parcialmente anulada por los tribunales, sino que además las comunicaciones y cualquier documento informativo deben llegar en valenciano y castellano «sin necesidad de un acto formal expreso y por escrito».
En la misma reclamación se pedía que el canal de Telegram de la conselleria (de información de servicios) fuera bilingüe, idea que compró la institución. En este punto, atendiendo a la respuesta que ha dado ante la reclamación más reciente, Educación no da su brazo a torcer, explicando que la misma información ya está disponible, en ambas lenguas, en su página web.
Octubre de 2021
La misma asociación estuvo detrás de otro varapalo, en este caso del Consell de Transparencia, después de que el departamento no le facilitara una relación de las programaciones didácticas de las asignaturas de los centros traducidas al castellano, con el fin de analizarlas y poder asesorar a las familias. Pese a ser una cantidad de información enorme, el organismo se pronunció a favor de la entidad en todos los términos planteados.
Abril de 2018
El Defensor del Pueblo y la conselleria chocaron a raíz de la queja de un usuario de la Escuela Oficial de Idiomas de Alicante que pedía que su tarjeta identificativa estuviera también en castellano. El informe que realizó Educación (que siempre debe contestar al Síndic y este trasladarlo al promotor por si quiere plantear alguna alegación) estaba en valenciano, lo provocó que el reclamante lo requiriera en español, la lengua utilizada en la reclamación inicial. El Síndic le dio la razón en este punto, pero la conselleria consideró que la traducción debía asumirla el Defensor del Pueblo, pues aquella, en realidad, contestaba a esta institución, no al ciudadano, y lo hacía en la lengua habitual de comunicación entre administraciones.
Abril de 2016
Un colegio de la comarca de Camp de Morvedre se vio obligado a facilitar a una familia las comunicaciones en las dos lenguas, pues reclamaba que también le llegaran en castellano, tras un pronunciamiento del Síndic. Inicialmente Educación avaló la decisión del centro, pero finalmente se impuso el criterio de traducir si lo pide el interesado (no de oficio).
Agosto de 2020
La madre de un estudiante de Valencia, de origen italiano, pidió que las comunicaciones del centro le llegaran en castellano. La administración autonómica defendió que el Plan de Normalización Lingüística de la escuela recogía que debían ser en valenciano al tratarse de una medida para promover la lengua propia, mientras que el Síndic le recordó que el Estatuto de Autonomía ampara a cualquier valenciano a relacionarse con la administración en la lengua oficial que prefiera sin pedirlo expresamente, bastando la utilizada en su escrito inicial.
Octubre de 2018
Trascendieron dos casos calcados: quejas de ciudadanos a la Oficina de Derechos Lingüísticos, dependiente de Educación, cuya respuesta fue en valenciano pese a que la reclamación presentada se redactó en castellano. El Defensor del Pueblo insistió: se debe comunicar en la lengua elegida (y para eso basta la utilizada inicialmente) sin que medie una petición expresa.
Noviembre de 2020
El conflicto vino por la rotulación, exclusivamente en valenciano, de los carteles de un colegio de Alicante. Educación lo justificó en que la normativa lo establece así en municipios de predominio lingüístico valencianoparlante, como es el caso, alegando además que es obligación de la administración el promover la lengua minorizada. El Síndic recordó que el decreto de usos está anulado parcialmente, incluyendo el artículo que hablaba de la rotulación, y aunque aceptó la necesidad legal de la administración de promover el valenciano, recordaba la importancia de encontrar «el punto justo de equilibrio» entre su promoción y «los derechos lingüísticos reconocidos a todos los valencianos». Por ello, le instaba a «observar la cooficialidad vigente» en la cartelería.
Junio de 2020
El Supremo resolvió el recurso de casación sobre el decreto de usos institucionales y administrativos de las lenguas oficiales impulsado por Educación, que previamente había sido anulado parcialmente por el TSJCV. Así, se dejó sin efecto la utilización exclusiva de la lengua autóctona en la señalización de edificios en zonas valencianoparlantes, la obligación de las empresas de presentar la documentación en valenciano para optar a adjudicaciones públicas, así como la necesidad de que los funcionarios se dirigieran de entrada a los ciudadanos en valenciano. También se tumbó que no fuera necesario traducir documentos al castellano entre instituciones del mismo ámbito lingüístico.
Julio de 2017
El TSJCV anuló parcialmente el decreto de plurilingüismo del Consell, que supuso el primer modelo ideado por el Botánico para los colegios e institutos de la Comunitat. No llegó a aplicarse. Esta primera sentencia lo consideró discriminatorio, pues no daba las mismas opciones para conseguir títulos automáticos de inglés a los alumnos que estudiaban con el castellano como lengua mayoritaria respecto a los que lo hacían con el valenciano.
Abril de 2018
Llegaron varias sentencias más, todas idénticas, contra el citado decreto, que ya no estaba en vigor. En síntesis, se consideró que el sistema ideado limitaba al máximo la posibilidad de estudiar en castellano en diferentes municipios advirtiendo además de que esto implicaba acotar la libertad de elección de los padres.
Febrero de 2022
La Ley de Plurilingüismo de Les Corts es la regulación vigente en materia de enseñanza, la que sustituyó al malogrado decreto. No ha sido cuestionada por los tribunales, pero sí sus efectos. A principios de año el TSJCV anuló dos proyectos lingüísticos de otros tantos centros a petición de algunas familias, considerando que en estos no se guardaba una proporción razonable entre el valenciano (la lengua vehicular dominante) y el castellano, teniendo en cuenta que la lengua minoritaria tenía ya un uso social muy extendido en los municipios en cuestión. Sí se validaron otros proyectos donde el peso de las lenguas estaba equilibrado.
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