La Conselleria de Educación enviará instrucciones a los centros educativos no universitarios para que faciliten copias de los exámenes y demás pruebas de evaluación, una vez se hayan corregido, a los padres o alumnos que lo soliciten. Así, para disponer de esta información ya no será necesario iniciar el procedimiento oficial de revisión de una nota, que actualmente es la única vía regulada para ello.
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La medida se aplicará gracias a una petición trasladada por el Síndic de Greuges el pasado noviembre y que el departamento asumirá, tal y como informó ayer la institución en un comunicado. Queda por conocer cómo se concreta la circular para los centros, por ejemplo, si hay que presentar una solicitud por escrito o firmar un acuse de recibo, así como su entrada en vigor, aunque lo lógico es que sea inmediata.
El escrito enviado al Síndic desde la conselleria, en el que consta la aceptación de la sugerencia, señala que comparten su planteamiento y consideran de plena aplicación en el ámbito educativo lo dispuesto en la Ley Reguladora del Procedimiento Administrativo Común, cuyo artículo 53.1 recoge el derecho de la persona que tiene la condición de «interesada» a acceder y tener copia de los documentos que conformen un expediente administrativo. En este sentido, la resolución del Síndic argumentaba que en materia educativa a los alumnos o a las familias «les ampara el derecho de obtener una copia simplemente para revisar las pruebas de evaluación, para repasar o sencillamente para ejercer su derecho de acceso a este tipo de documentos».
El pronunciamiento llegó tras un expediente iniciado de oficio después de una petición de las Ampas que forman parte del Observatorio del Menor de la institución valenciana. Y es que ante la falta de una mención expresa sobre esta posibilidad en la normativa valenciana, se daba pie a que los colegios pudieran denegar la información al no haberse solicitado en el marco de un procedimiento de reclamación. Además, el Síndic recordaba que en otras comunidades sí se permite esta consulta y que se habían producido peticiones similares por parte del Defensor del Pueblo de España.
La resolución basaba su petición en lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común, que dice que la parte interesada de un trámite no sólo puede conocer su estado en cualquier momento, sino que también tiene derecho de acceso. El Síndic añadía que este es trasladable al ámbito educativo y apelaba a varios pronunciamientos judiciales en este sentido, que avalaban que se pueda consultar la información «que revista interés para el alumno por afectarle de modo inmediato en el caso de las calificaciones y valoraciones que le conciernan directamente». Por ejemplo, el resultado de un examen puede ser una información básica para que el alumno o sus padres decidan sin vale la pena iniciar el procedimiento de revisión de calificaciones.
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«El hecho de que las normas educativas no contemplen expresamente el derecho a obtener copias de los exámenes y pruebas de evaluación -sin necesidad del proceso de reclamación- ni remitan de forma expresa a la Ley de Procedimiento Administrativo Común podría dar lugar a que algunos centros docentes denieguen las copias de los exámenes que solicitan los alumnos o sus padres, privando con ello a los interesados del ejercicio del mencionado derecho legal», concluía el Síndic.
El Ministerio de Educación facilitó ayer los últimos datos sobre abandono temprano de los estudios, concepto que hace referencia a los jóvenes de entre 18 y 24 años que no están formándose y no culminaron con éxito el Bachillerato o la Formación Profesional. En el caso valenciano, el porcentaje se situó en 2018 en el 20,2%, una décima menos que en el 2017 y al mismo nivel que en 2016. La cifra parece estabilizarse en los últimos ejercicios, aunque la parte positiva es que es la más baja desde 2002, hasta donde llega la estadística publicada ayer. Por género, la diferencia es abismal: 24,2% entre los hombres y 16,1% entre las mujeres. Y en la clasificación regional, la Comunitat obtiene un dato superior al de seis autonomías (Andalucía, Baleares, Canarias, Castilla la Mancha, Extremadura y Murcia). La mejor posicionada es el País Vasco (6,9%). La media estatal, la mejor de la historia, llega al 17,9%.
En la actualidad, en base a la normativa valenciana -una orden de 2011- un alumno o sus padres tienen derecho a recibir las explicaciones oportunas sobre la calificación de una prueba, y en caso de disconformidad, presentar una reclamación para pedir su revisión. Es en este proceso en el que se puede acceder a los exámenes realizados. Eso sí, es limitativo, pues por regla general sólo se puede iniciar en un plazo de tres días que empiezan a contar tras la comunicación de la nota.
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