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La enseñanza concertada de Bachillerato volverá prácticamente al punto de partida. A la situación del curso 2016-2017, antes de que la Conselleria de Educación aprobara un decreto para cambiar el procedimiento de renovación de conciertos postobligatorios que se impulsó de cara al siguiente ejercicio, ... unas modificaciones que supusieron la pérdida de fondos públicos para una o varias aulas en 21 colegios de la Comunitat entre los cursos 2017-2018 y 2020-2021.
Tras la batalla judicial iniciada por las entidades titulares de 20 de estos, el departamento autonómico ya ha ejecutado todas las sentencias contrarias que ha acumulado, tal y como se desprende del anuncio publicado el día 3 en el DOGV por director general de Centros Docentes.
La aplicación de la nueva normativa derivó en una cascada de acciones ante el TSJCV, que fueron favorables en todos los casos a los colegios afectados. La conselleria optó por agotar la vía judicial y presentó recursos de casación ante el Tribunal Supremo, que los desestimó.
Los fundamentos fueron los mismos que en la primera instancia: el decreto autonómico chocaba con el reglamento general que rige a nivel estatal, y que establece que los centros tienen derecho a renovar el concierto siempre que cumplan las condiciones que se exigieron cuando se aprobó por primera vez, no se haya incurrido en incumplimientos o sanciones o cuando no exista dotación presupuestaria suficiente. Incluso se pueden perder unidades si no se cumple un mínimo de demanda.
En el decreto valenciano, que también ha sido anulado parcialmente, se impedía la renovación general, pues se extinguieron de oficio y se exigió solicitarlos desde cero. Las peticiones se denegaron, en casi todos los casos, alegando que no eran necesarios para cubrir necesidades de escolarización en sus zonas. Es decir, no en base al reglamento estatal.
La primera sentencia aplicada se refería al colegio Nuestra Señora del Pilar de Valencia, y llegó a principios de año. Las siguientes se ejecutaron en meses sucesivos, a medida que el tribunal notificaba las desestimaciones a los recursos de la Generalitat. Se refieren a siete colegios de la provincia de Alicante y a trece de la de Valencia.
Básicamente se reconoce que las escuelas debían haber percibido el concierto en las unidades suprimidas hasta el ejercicio 2020-2021. En la práctica, agotado ya el periodo, la consecuencia ha sido administrativa: para el proceso general de renovación impulsado de cara al nuevo curso en todos los casos se ha considerado que estaban concertadas previamente y por tanto se ha aprobado automáticamente este mismo régimen para los próximos cuatro ejercicios.
Además, aquellos colegios que optaron por seguir ofertando las líneas de Bachillerato recortadas en régimen privado, asumiendo los costes de personal y los gastos de funcionamiento (los que se incluyen en el concierto), pueden reclamar las cuantías a la conselleria, si bien esta exige que previamente se acredite que se han devuelto las cantidades que tuvieron que asumir las familias para cubrir esta inversión. Respecto a los que desactivaron las aulas (no acogieron alumnos), Educación considera que no hay motivos para reclamar pagos, por lo que el beneficio pasa por volver a disponer de las unidades perdidas en 2017 gracias a la citada renovación automática.
El anuncio de agosto da cuenta de la ejecución de otras sentencias derivadas del proceso de renovación de 2017 referidas a recortes en etapas diferentes. Es el caso de los centros Esclavas de Alcoy y Argos de Valencia (unidades de Infantil) y de Xabec y Almi de Valencia (ciclos de FP).
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