Urgente La Bonoloto de este miércoles deja 181.977,47 euros a un jugador
Alumnos de un instituto durante el primer día de clase, en una foto de archivo. JL Bort

Educación extrema el control sobre el personal externo que participa en las aulas

Los asistentes se comprometerán por escrito a no tomar imágenes o audios y a no difundir información a través de internet

Joaquín Batista

Valencia

Lunes, 15 de abril 2024, 01:09

La Conselleria de Educación ha remitido a los colegios e institutos públicos una instrucción que contribuirá a extremar el control sobre el personal externo que ... accede a las aulas para participar en actividades que se hayan previsto durante el curso, por ejemplo charlas o seminarios, o para ejercer como voluntarios o asistentes de alumnos que presentan alguna discapacidad o necesidad específica de apoyo.

Publicidad

La medida sirve para desarrollar la regulación sobre la materia aprobada a finales de 2020, e incide especialmente en la necesidad de extremar las precauciones en relación a la protección de datos, teniendo en cuenta las especiales cautelas que la legislación exige cuando se trabaja con menores de edad.

Entre las novedades, destaca la regulación del registro de actividades que deberá gestionar cada centro para facilitar las labores de consulta y supervisión, por ejemplo a través de la inspección. Además, será necesario informar previamente a las familias del grupo en cuestión de la participación del agente externo, que deberá aportar sus datos personales y comprometerse por escrito a no tomar fotografías ni audios durante la actividad realizada, además de guardar confidencialidad sobre informaciones o datos de los que tenga conocimiento durante la intervención. Por descontado, tampoco podrá publicar información en páginas web o redes sociales.

La iniciativa no tiene nada que ver el polémico pin parental que defiende Vox, encaminado a que cualquier actividad debe contar con el visto bueno de la familia por si considera que no es adecuada para la educación de sus hijos. La idea, que rechaza el PP, no tendría cabida en esta instrucción, teniendo en cuenta que cualquier iniciativa que esté prevista en la programación general anual o el proyecto de centro -a las que afecta la citada instrucción- implica la asistencia obligatoria del alumnado.

Publicidad

Educación regula diferentes tipos de agentes externos: personal de entidades sin ánimo de lucro o del tercer sector, profesionales del ámbito privado o público (centros de atención temprana, de salud, de organismos municipales, relacionados con la inserción laboral o «aquellos que el centro valore positivamente»); miembros de la comunidad educativa y del entorno próximo (el ejemplo clásico es un padre o madre que explica su profesión a los alumnos); voluntarios, como docentes jubilados que de manera altruista colaboran en el proceso educativo; o profesionales de asistencia personal a la dependencia. Salvo el último caso, que tiene una regulación concreta -en función de las necesidades del alumno y los recursos del centro- para el resto de perfiles «su participación tendrá que buscar la apertura y el enriquecimiento de las actuaciones planificadas», fomentando las relaciones con el entorno próximo, por ejemplo a través de asociaciones vecinales, comercios, empresas, bibliotecas o entidades culturales.

La instrucción, remitida desde la Dirección General de Innovación e Inclusión, sirve para establecer una serie de modelos de documentos que se deben recopilar o enviar cuando se produce una participación externa. En contraposición con la resolución de 2020, que recogía «las consideraciones a tener en cuenta», se ha considerado necesario fijar «un conjunto de instrucciones claras y precisas que garanticen el cumplimiento de la normativa de protección de datos», además de distribuir plantillas para los diferentes documentos que se tienen que solicitar.

Publicidad

Así, en relación al registro de actividades, que ya estaba contemplado en la legislación nacional pero no existía un sistema regulado, se deberá incluir el certificado negativo de antecedentes penales del participante, su compromiso por escrito de confidencialidad, el modelo de comunicación al consejo escolar y el que se haya remitido a las familias informado sobre la participación, que incluirá la identidad del interesado.

También se debe contemplar la tipología del agente externo, la fecha y las horas de la actividad y el programa del que se desprende. Esta última información no aparece en la plantilla del escrito que llegará a los padres de la clase, aunque los centros pueden optar por incluirla para facilitar todos los detalles. En cualquier caso, las familias pueden consultar la programación general para saber qué actividades complementarias tienen sus hijos.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete a Las Provincias: 3 meses por 1€

Publicidad