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El 9 de septiembre empezarán las clases de un curso diferente en lo que se refiere al tratamiento de las lenguas oficiales en colegios e institutos por efecto de la nueva ley de libertad educativa. Los cambios son sensibles, y la Conselleria de Educación ... ha instado a los centros a que tengan presentes las novedades. Exactamente, les pide que desde el inicio del curso «revisen los procedimientos relativos a su organización y funcionamiento» para adecuarse a las disposiciones legales, prestando «especial atención» a aquellas que impliquen «derechos del alumnado y de sus familias». Se trata de la nueva regulación sobre la exención en la asignatura de Valenciano, la posibilidad de elegir lengua oficial en los exámenes, las clases y los libros de texto (en casos concretos) y todo lo relativo a las comunicaciones entre centros, padres y estudiantes.
Así se desprende de las instrucciones de inicio de curso, un resumen normativo y de procedimientos que sirve de guía a las escuelas y que se aprobaron a finales del mes pasado.
En cuanto a la exención de la materia, la ley introduce tres cambios. En los municipios valencianohablantes la podrán solicitar con una duración de dos cursos alumnos recién incorporados al sistema educativo de la Comunitat. Esta posibilidad se sustituyó en 2019 por una adaptación curricular, lo que restringía este derecho, salvo que la llegada se produjera en 1º o 2º de Bachillerato. Y en cuanto a los que alegan una residencia temporal, se prolongará durante tres ejercicios, y no dos. Además, en zonas castellanohablantes, donde la exención no tiene requisitos ni caducidad, quedará blindada de cara a selectividad, pues se anula la disposición que obligaba a todos, aunque fueran exentos desde siempre, a realizar el examen a partir de 2027.
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Otro derecho en el que se hace hincapié tiene que ver con el alumnado con necesidades especiales, escolarizado en centros específicos o aulas ordinarias, pues podrán recibir cualquier sesión lectiva en la lengua en la que tengan un mayor dominio si así lo piden las familias. Además, podrán utilizar los libros de texto o materiales de aula en la lengua preferente, prestando especial atención a los que padezcan trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, desconozcan la lengua de aprendizaje o se hayan incorporado tarde al sistema.
Por lo que respecta a los exámenes, todos los alumnos de Primaria, ESO, Bachillerato o FP podrán elegir responder en castellano o en valenciano, a su elección, siempre que se trate de materias no lingüísticas e independientemente de cuál sea la utilizada para impartir las clases. El derecho se extiende a cualquier herramienta de evaluación (como podría ser un ejercicio oral) así como a la enseñanza de personas adultas y a las pruebas libres para entrar en un ciclo formativo o sacarse los títulos de la ESO o Bachiller.
Por último, las instrucciones recuerdan que se debe elaborar un plan de usos de las lenguas en el ámbito no curricular, es decir, fuera de los contenidos de las materias. Sustituirá a los planes de normalización lingüística, centrados en el fomento del valenciano, y recogerá cómo se emplean en cualquier formato de comunicación. Eso sí, en base a la ley, los escritos que emitan los centros -a alumnos, familias, Ampas o consejeros escolares- deberán ser bilingües, y en caso de que estudiantes o padres soliciten un documento en una lengua y no exista esa versión, deberá ser traducido.
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