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Las escuelas infantiles de primer ciclo, popularmente conocidas como guarderías, podrán abrir sus puertas durante las vacaciones escolares para contribuir a la conciliación de sus ... familias, pero no cobrar por el servicio si quieren seguir beneficiándose de la gratuidad, una de las principales medidas educativas del Consell del PP y que se ha aplicado por primera vez en este ejercicio. Tampoco podrán reclamar cuantías en concepto de matrículas o por la reserva de plazas.
Es lo que se desprende del borrador que recoge las bases para la concesión de esta ayuda, que si bien va dirigida a las familias se ingresa directamente a los centros, cubriéndose así, con fondos públicos de la Generalitat, los costes relacionados con la enseñanza en el primer ciclo de Infantil.
El documento sustituirá al que se ha aplicado para implantar la gratuidad este mismo ejercicio -fue provisional, exclusivo para el 2024-2025- e incluye algunos cambios que se pueden sintetizar en que se facilita el acceso a la medida. Por ejemplo, en traslados entre escuelas del mismo municipio o para poder beneficiarse fuera del plazo de presentación de solicitudes cuando concurran causas extraordinarias, como situaciones de emergencia que obliguen a un cambio de residencia (como sucedió tras la dana) o por desahucios.
Por contra, no se toca lo dispuesto en relación a los pagos extraordinarios por parte de las familias, pese a que la implantación de esta limitación causó debate en el sector, que confiaba en una regulación distinta de cara a próximos ejercicios. Aunque la nueva resolución que sintetiza las bases ha cambiado su redacción no será así, de manera que los centros que, en base a su autonomía, decidan abrir sus puertas fuera de los periodos lectivos ordinarios no podrán cobrar por estos servicios.
El borrador del documento se ha presentado este martes en la Mesa de Participación de la Educación de 0 a 3 años, a la que ha asistido el conseller José Antonio Rovira y que reúne a todos los actores implicados en el primer ciclo de Infantil, tanto a nivel de centros como de familias.
El documento, al que ha tenido acceso LAS PROVINCIAS, establece entre las obligaciones de las escuelas infantiles el cumplimiento, como mínimo, del calendario escolar oficial, así como la prohibición de percibir importes de los progenitores «en concepto de escolarización durante los diez meses del curso escolar», así como de exigir aportaciones «en concepto de matrícula o reserva de plaza».
En las bases del curso actual la redacción era más concreta, pues precisaba que no se podía cobrar por servicios prestados durante los periodos no lectivos de Navidad, Semana Santa, septiembre (la primera semana) y junio (la última). En la nueva regulación la limitación es más genérica, aunque el efecto es el mismo, teniendo en cuenta que estos días forman parte de los diez meses que subvenciona la administración, que se corresponden con el curso escolar. Es decir, todos menos julio y agosto.
Esta limitación causó cierto malestar entre los centros, que entendían que suponía una atención educativa añadida a la habitual, que facilitaba la conciliación, por lo que se facturaba a parte, como sucedía en ejercicios previos a la gratuidad. Por contra, la justificación de la conselleria es que la ayuda de la Generalitat cubre el coste total de la escolarización, incluyendo los gastos de personal y los de funcionamiento correspondientes a los diez meses del curso (de septiembre a junio), por lo que las arcas de la Generalitat ya están asumiendo el servicio educativo de esos periodos vacacionales. Por tanto, no hay lugar para exigir otro pago por parte de las familias.
Además, las nuevas bases recuerdan la prohibición de cobrar en concepto de matrícula o reserva de plaza, algo que se implantó por primera vez con la gratuidad para las aulas de dos-tres años, si bien se matiza que sí se puede hacer con servicios complementarios como el comedor escolar o actividades «que supongan un coste añadido para el centro». Puede tratarse de horarios ampliados o excursiones, por ejemplo.
Tal y como ha informado Educación a través de un comunicado, entre las novedades para facilitar la aplicación de la medida destaca que no sea necesaria la acreditación de una situación específica para solicitar el cambio de centro, dando así una respuesta «más efectiva a las situaciones particulares de las familias solicitantes de la ayuda manteniendo la ayuda concedida». Por ejemplo, por cambio de vivienda de dentro del mismo municipio, o facilitando el traslado de una escuela municipal a otra de titularidad privada, casuísticas que se han dado durante este ejercicio pero que no se contemplaban en las bases vigentes.
En cuanto a las circunstancias especiales que se añaden para poder solicitar la ayuda fuera del plazo establecido (que se conocerá cuando se lance la convocatoria), se permitirá en caso de alumnado afectado por desahucio o por otras situaciones graves de exclusión social acreditadas, por traslado de residencia de la unidad familiar o por situaciones de emergencia «para garantizar la atención socioeducativa del alumnado afectado».
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