![Formación Profesional en la Comunitat | Educación veta estudios concertados de FP para priorizar la oferta pública en la Comunitat](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202301/23/media/cortadas/1455232872-RivTxbKFHfU2ss9HYzVwRzI-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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La Conselleria de Educación no autorizará nuevos conciertos en estudios de Formación Profesional si la propuesta se prevé incluir en la oferta de la red pública. Es decir, ni siquiera será necesario que el título en cuestión ya esté implantado y funcionando, sino que supondrá ... una limitación a futuro.
Así se desprende del proyecto de decreto en el que trabaja el departamento, que tiene entre sus objetivos trasladar al sistema valenciano las disposiciones de la Lomloe, la ley Celaá, que da una prioridad clara a la red de la administración a la hora de atender las necesidades de plazas que se puedan generar. El carácter subsidiario que se quiere dar a la FP, los estudios con mayor proyección en los próximos años, es el mejor ejemplo del efecto de la reforma en cuanto a la convivencia de las dos redes sostenidas con fondos públicos. El borrador de decreto ya está disponible en la web de la conselleria y ha sido tratado en la mesa de negociación de la concertada.
El apartado que regula los requisitos mínimos para concertar un estudio deja claro que debe servir para cubrir necesidades de escolarización. Para cualquier etapa salvo para la FP se puntualiza que se dará este supuesto cuando en el municipio o área de influencia las plazas en funcionamiento, públicas o concertadas, sean inferiores a la previsión de alumnos a escolarizar. Y a la vez, se exigirá que la relación media de estudiantes por clase sea igual o superior a la que fija la conselleria anualmente.
Hasta aquí es lo normal, así ha funcionado la programación de la oferta concertada en los últimos años. Pero con la FP las necesidades se valoran de manera distinta, pues se atenderá a «las perspectivas de inserción laboral de los estudios solicitados» y también «a la planificación de la oferta pública prevista por la administración educativa competente en la materia». Ni siquiera hay referencias geográficas. Es decir, no se concreta si la denegación de la solicitud se justificaría porque la necesidad se vaya a cubrir el mismo municipio, en el de al lado o en otra provincia.
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Más allá del acceso al concierto es fundamental cumplir una serie de requisitos para mantenerlo. No se trata tanto de cuestiones extraordinarias, como el incumplimiento de las obligaciones que asume el centro cuando lo firma, sino de demanda, pues es necesario mantener un nivel de matrícula determinado que también se regula a nivel normativo. Por ejemplo, para Bachillerato se pide que la primera clase de cada curso y modalidad tenga al menos 25 estudiantes, cifra que en la FP básica se sitúa en 15 y en la de grado medio (alternativa a Bachillerato) o superior (a los estudios universitarios) en 17.
En la norma vigente se permite bajar esta ratio a 13 estudiantes por clase en los ciclos de las familias de transporte y mantenimiento de vehículos, industrias alimentarias, instalación y mantenimiento, electricidad y electrónica, fabricación mecánica, agraria, madera, mueble y corcho y textil, confección y piel.
En el borrador, en cambio, sólo se reduce en los estudios de informática y comunicaciones. Es decir, los requerimientos de matrícula para seguir disponiendo del concierto serán superiores en muchos más estudios. No cumplirlos puede derivar en pérdidas de aulas sufragadas con fondos públicos.
El nuevo decreto también deja claro que los colegios que tienen el Bachillerato concertado podrán optar a su renovación cuando se cumplan las ratios medias que exige la administración y si no concurren incumplimientos recogidos en la normativa. Dicho de otra forma se procederá como en las etapas obligatorias, desapareciendo el sistema ideado por la conselleria en el que todos los aspirantes competían en base a una serie de criterios de prioridad, lo que provocó pérdidas de unidades en 21 centros y el consiguiente conflicto judicial, que fue favorable, en todos los casos, a los que recurrieron.
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