Control de Tráfico ante el cierre perimetral. EFE

Las excepciones al cierre perimetral en la Comunitat Valenciana en Navidad

Se prohíbe entrar y salir de la Comunitat salvo en los contados casos previstos por el estado de alarma

LP.ES

VALENCIA

Miércoles, 23 de diciembre 2020, 17:55

El DOGV publicó el 18 de diciembre de 2020 las nuevas medidas en Navidad en la Comunitat Valenciana, vigor desde el 21 de diciembre a las 00.00 hasta el 15 de enero. Estas restricciones afectan especialmente al cierre perimetral: sólo se permitirá la entrada y salida de la Comunitat para aquellas personas que se dirijan hacia su vivienda habitual, pero nunca para reencontrarse con familiares residentes en otras autonomías. Sin embargo, el decreto establece excepciones, que son las previstas por el estado de alarma.

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Según el DECRETO 20/2020, de 18 de diciembre, la entrada y salida de la Comunitat Valenciana se restringe a aquellos desplazamientos adecuadamente justificados de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo del Decreto 15/2020, de 30 de octubre, del president de la Generalitat.

Las excepciones para este cierre perimetral son, así pues, las siguientes:

Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

e) Asistencia y cuidado a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

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g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

f) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Horario del toque de queda

Además, «la limitación a la libertad de circulación de las personas en horario nocturno será entre las 23.00 y las 06.00 horas en todo el territorio de la Comunitat Valenciana».

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Se modifica el apartado segundo del Decreto 19/2020, de 5 de diciembre, del president de la Generalitat, que queda redactado como sigue:

«En las noches del 24 y del 31 de diciembre de 2020, la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, se ampliará hasta las 24.00 horas únicamente para permitir el regreso al domicilio. En ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales».

Número de personas en las reuniones

Igualmente se deja sin efecto el apartado cuarto del Decreto 19/2020, de 5 de diciembre, del president de la Generalitat, y, por tanto, la limitación de permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados, sin distinción de fechas, será la siguiente:

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- La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes, y ello sin perjuicio de las excepciones que se establezcan respecto de dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público.

- La permanencia de grupos de personas en espacios de uso privado quedará, asimismo, condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes. En todo caso, se recomienda que de dicho número no formen parte más de dos grupos de convivientes.

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Por lo tanto, se elimina la excepción que había para que en los días clave (Nochebuena, Navidad, Nochevieja y Año Nuevo) se pudieran reunir hasta 10 personas. Ahora el máximo son 6.

Este es el PDF con el decreto de las nuevas medidas para Navidad en la Comunitat Valenciana, que puedes descargar y compartir. Si no puedes visualizarlo correctamente, recarga la página o activa la versión escritorio en tu dispositivo móvil.

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