La admisión de alumnos para el curso 2024-2025 incluirá importantes novedades tras las modificaciones anunciadas por la Conselleria de Educación en la normativa reguladora. La principal es la creación del distrito único a efectos de escolarización, aunque también se contemplan cambios en la ... baremación, el sistema que se pone en marcha en el caso de que haya más solicitudes que plazas disponibles para determinar, en función de los puntos que suman los alumnos, la lista de admitidos.
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El borrador de decreto, que este jueves ha pasado por la mesa de negociación con los sindicatos de la red pública, establece que por norma general cada municipio funcionará como una zona única, lo que implica que cualquier alumno, independientemente de la distancia entre la vivienda y el centro, sumará los mismos puntos en el criterio de proximidad, que serán diez. Hasta ahora sólo los obtenían los que vivían en el área de influencia, que son las direcciones catastrales que se vinculan a determinado centro. Algo así como las calles más cercanas. Los que vivían en zonas limítrofes obtenían cinco -la mitad y por tanto, sin apenas posibilidades de competir-, y los que ni siquiera lindaban ninguno.
Con el distrito único se igualan todas las solicitudes de admisión en relación a este criterio, lo que en la práctica supondrá incrementar el número de centros a los que optar con opciones reales de entrar.
Sirve el ejemplo de Valencia capital, la ciudad en la que más se abrirá el abanico por una cuestión de tamaño. Hasta ahora se podía optar con garantías a 14 centros como máximo (tomando como ejemplo las tres áreas de influencia más grandes, que suman el citado número de escuelas). Con el cambio la cifra se elevará a 177, que son todos lo de la ciudad de Valencia. Por recurrir a un caso extremo, un alumno de Carpesa (pedanía del norte) sumará los mismos puntos que otro de El Saler (pedanía del sur) para poder entrar en el colegio de este último municipio. O en cualquiera de la localidad, en realidad.
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Una vez igualda la cuestión de la proximidad, todo dependerá del resto de criterios que también dan puntos de cara a la baremación: tener hermanos ya escolarizados (15), que los padres trabajen en el centro (7), la renta familiar (entre 2 y 4, quedando el máximo reservado a los receptores de la Renta Valenciana de Inclusión), situaciones de discapacidad (de 3 a 7), de familia numerosa o monoparental (3 o 5 en función de la categoría), haber nacido en un parto múltiple (1 punto por cada hermano) o el nuevo punto discrecional que decidirán, si así lo quieren, los consejos escolares.
Hay otras casuísticas especiales, aunque centradas en la admisión en la ESO o Bachillerato, como simultanear estos estudios con enseñanzas profesionales de música o danza (2) o tener la condición de deportista de elite, de alto nivel o alto rendimiento (2), si bien para estos casos también pueden solicitar un acceso prioritario independientemente de la baremación. Para enseñanzas postobligatorias, además, se suma la media del expediente académico.
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Cabe recordar que en caso de empate a puntos se aplican criterios de priorización resultantes de los anteriores. Se empieza por el que más puntos tenga por hermanos en el centro, seguido del de progenitores trabajadores y del de discapacidad. Si aún así se mantiene, se dirime en función del sorteo que decide las letras del apellido por el que se iniciará la ordenación de las solicitudes.
El decreto, de obligado cumplimiento para centros públicos y concertados, establece que serán las direcciones territoriales (de la propia conselleria) las que decidirán en última instancia si se divide un municipio en áreas de influencia, pues el distrito único es la norma general pero no es obligatorio ni universal. Y es que puede darse el caso de localidades en las que las características geográficas o la orografía hagan recomendable establecerlas. Hasta este curso han existido distritos a efectos de admisión en 51 localidades (todas ellas grandes), aunque como consecuencia de la normativa del Botánico, que instaba a parcelar aquellas con cuatro o más centros.
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El borrador de la norma permite, incluso, distritos únicos entre diferentes municipios y provincias, aunque fuentes del departamento explican que la medida está pensada para colegios de zonas rurales con aularios en varias localidades o casos en los que los núcleos de población están más próximos al pueblo vecino que al que pertenece desde un punta de vista administrativo. Dicho de otra manera, serán casos excepcionales, sin permitirse distritos únicos en áreas conurbadas.
En cuanto a los criterios a aplicar en la baremación, también hay novedades. El puesto de trabajo se puede utilizar como alternativa al domicilio para sumar los puntos por proximidad, y aunque hasta ahora otorgaba los mismos (10), el nuevo decreto los rebajará a 7. Con distrito único pierde importancia si la admisión es en el mismo municipio porque se conseguirán los diez por vivienda habitual, pero sí afectará a aquellas familias que elijan centros situados en su localidad laboral y esta sea distinta, pues estarán en desventaja respecto a los residentes.
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Por último, se crea el punto de libre designación por parte de los centros. Lo decidirán, si quieren, los consejos escolares en la red pública y los titulares en la concertada, y debe darse a conocer antes del proceso de admisión.
Puede ser coincidente con los ya establecidos o distinto, aunque en este caso no puede ser motivo de discriminación. Algunos ejemplos se pueden extraer de la práctica en los años previos al Botánico, cuando ya existía esta prerrogativa: por elegir el centro como primera opción de la solicitud, por la condición de antiguo alumno de un familiar, por optar a un programa lingüístico determinado (en el caso de que los hubiera, que no se sabe) o por haberlo llevado a una guardería conveniada con el colegio, una opción que explotó sobre todo la enseñanza concertada. La gran diferencia ahora es que la gratuidad en el primer ciclo de Infantil (ya implantada en el nivel previo de acceso al colegio) acaba con cualquier atisbo de segregación por motivos económicos.
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