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Cuando el desapego lleva a desheredar a los descendientes

Letrados especializados en litigios familiares subrayan el «egoísmo desorbitado que a veces tiene el ser humano»

RUBÉN GARCÍA BASTIDA

Miércoles, 25 de mayo 2022

Después de meses sin noticias de su hijo, pese a los problemas de salud que atravesaba y sus súplicas para recibir un poco de atención, el teléfono de Ramón (nombre ficticio) notificó, al fin, la llegada de un mensaje de su vástago. Un audio de ... WhatsApp. Se llevó el teléfono al oído e inició su reproducción: «Hazte a la idea de que no tienes hijo. No quiero saber nada de ti». Fue el día en que este vecino de Valencia, dolido y rechazado por la sangre de su sangre, decidió informarse sobre una posibilidad en la que nunca antes había pensado: desheredar a su descendiente. «Prefiero que se lo queden mi hermano o las monjitas que mi hijo», le dijo a su abogada.

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Las solicitudes de información para iniciar un proceso de desheredación se han disparado un 600% desde la pandemia a nivel nacional, según estima la Asociación Cultural de Mayores de Fuenlabrada (Acumafu), que impulsa en toda España la campaña informativa 'Si no te cuidan, que no hereden' desde 2015. Una iniciativa para asesorar a padres maltratados o abandonados por sus hijos y guiarles en el proceso para retirarles el derecho a la herencia que ha obtenido una fuerte respuesta en la Comunitat Valenciana. La demanda es tan alta que la asociación cuenta con tres despachos de abogados colaboradores en Valencia para dar salida a la demanda. GLC Abogados es una de estas entidades que centralizan la atención en la Comunitat. Allí trabaja María López Santana, letrada que asegura que tras dos años de pandemia, las peticiones de información no han decaído, más bien todo lo contrario. «Llevo tres meses en que me llegan entre 10 y 12 casos todas las semanas», asegura.

Lo que María ha podido ver en el tiempo que lleva gestionando estos casos son pruebas «del egoísmo desorbitado que a veces tiene el ser humano», como el de un padre que le dio acceso a su cuenta bancaria a la hija «para que pudiera hacer uso de sus fondos si necesitaba dinero» y que poco después se vio sin nada. «Le quitó más de 300.000 euros y le dejó sin fondos. No por necesidad, si no para gastárselo en vivir bien». También recuerda el caso de una señora de un pequeño pueblo de Valencia a la que los hijos dieron de lado cuando «dejó de ser útil para cuidar a los nietos», o el de otra hija que se desentendió de su madre cuando esta atravesaba problemas económicos. «Iba solo una vez al mes, y le dejaba gazpacho. Nada más que gazpacho para comer».

«Ha sido una barbaridad»

En otro bufete especializado en herencias de Valencia, 'Implementa abogados', la letrada Mónica Tarifa también ha notado el incremento de consultas. «Ha sido una barbaridad –afirma–. Han subido bastante. Al menos en mi caso». El problema, reconoce, es que desheredar a alguien conlleva «esfuerzo y tiempo», y eso echa atrás a muchas de las personas que se lo plantean. «Recibimos muchas más llamadas, pero luego hay mucha gente no lo formaliza».

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El Código Civil establece tres partes en toda herencia: la legítima, la de mejora, y la de libre disposición. La primera es el derecho que tienen los herederos denominados forzosos a percibir al menos un tercio de los bienes y propiedades de sus padres y que debe repartirse a partes iguales entre ellos. El segundo tercio puede entregarse según el criterio de cada persona para favorecer a uno o varios de sus hijos, aunque si se trata de un hijo único, será obligatorio dárselo también íntegro. Solo el último tercio puede donarse de manera completamente libre. Es así en la mayoría de las autonomías, aunque hay excepciones. En Navarra, con régimen foral, la herencia es totalmente libre, y en País Vasco y Cataluña se dan más facilidades para retirar el derecho de herencia. «Hacerlo en una comunidad autónoma como Valencia es difícil, pero no imposible», recuerda el presidente de Acumafu, Marcelo Cornerllá. El artículo 853 del Código Civil admite como causas para desheredar a un descendiente la falta de aportación de alimentos, el maltrato de obra o que sea un heredero indigno, que contempla supuestos como que haya atentado contra la vida del progenitor y haya sido condenado o le haya coaccionado para modificar su testamento.

Sin embargo, sentencias del Tribunal Supremo de 2014 y 2015 abrieron la interpretación de maltrato también a los daños psicológicos y a la desatención grave o desafección, equiparando estos supuestos al maltrato físico.

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Pruebas necesarias

«Lo que dice la ley es que el motivo que se alega para desheredar tiene que ser cierto», destaca la abogada Mónica Tarifa. El presidente de Acumafu señala que a la hora desheredar, el método más fiable es preparar una carpeta con todas las pruebas que se debe entregar a la persona a la que le deje la herencia para que cuente «con todo lo necesario si los hijos impugnan el testamento». «Les aconsejamos también que incorporen una grabación explicando los motivos por los que desheredan», apunta. Cornellá recuerda el caso de un hombre separado al que sus hijos dieron de lado. «Cuando los hijos vieron el testamento, lo impugnaron y nosotros solicitamos que aportaran alguna foro de los últimos cuatro años donde apareciera su padre, o alguna imagen en bautizos o comuniones de sus hijos. No pudieron. El tribunal tumbó la impugnación».

En el caso de que los hijos nieguen ayuda económica a padres necesitados, también se puede enviar «un burofax al hijo pidiendo ayuda de manutención para el padre», afirma María López. «La mayoría de veces no contestan o contestan un disparate».

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No solo las desheredaciones han vivido un aumento desde la pandemia, también la realización de testamentos. El colegio de Notarios de Valencia detectó con la irrupción del coronavirus «un fuerte aumento en el número de personas que se planteaban hacer testamento y que no lo habían pensado antes». No necesariamente de edad avanzada. Entre los perfiles abundaban los trabajadores sanitarios y otras personas que trabajaban en primera línea, gente con patologías de riesgo o simplemente ciudadanos con temor a los efectos por un contagio.

«Antes era habitual encontrar casos de herencias que había que hacer por abintestato», señala Mónica Tarifa, es decir, en ausencia de testamento. «Ahora eso es muy raro».

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