El Síndic de Greuges ha vuelto a cargar contra la Conselleria de Igualdad. Si en otros momentos el motivo de la discordia fue la gestión de los centros de menores, en esta ocasión es la Renta Valenciana de Inclusión (RVI). La institución fiscalizadora ha ... recriminado al departamento de Aitana Mas que esté denegando esta ayuda a personas que cumplen con todos los requisitos.
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La RVI es uno de los programas estrella del Botánico en el área de servicios sociales. Se trata de una prestación económica y profesional dirigida a las personas en riesgo de exclusión y de la que la Conselleria de Igualdad más ha presumido durante los últimos años.
La Conselleria de Igualdad no ha aceptado las recomendaciones que le ha hecho el Síndic de Greuges para el pago de esta ayuda. En esta línea, Ángel Luna ha instado a resolver de forma favorable los expedientes de la renta valenciana si cumplen los requisitos y no se resuelven en el plazo de seis meses. Este es uno de los problemas a los que se enfrentan los peticionarios y es que la resolución puede tardar hasta cerca de dos años en algunos casos.
En la resolución que da por cerrada la queja, el Síndic señala que «se hace evidente que desde la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas no se han realizado las actuaciones necesarias para atender la recomendaciones del Síndic». El escrito añade que sobre las demoras en la resolución de las solicitudes «solo se apunta que están 'efectuando un estrecho seguimiento y revisión del procedimiento'» pero no concreta las medidas exactas que se han tomado.
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De esta forma, el Síndic considera que «se está denegando la ayuda a las personas solicitantes que sí cumplían con los requisitos cuando la solicitaron y durante el plazo máximo que tenía la conselleria para resolver».
Como el departamento que dirige Aitana Mas está tardando tanto a la hora de resolver estos expedientes, cuando lo hace el ciudadano que ha pedido la ayuda se puede encontrar trabajando -aún con contratos muy breves- y por tanto le deniegan la ayuda y se queda sin la posibilidad de recibir la prestación que le correspondería por los meses que ha estado sin percibir ningún ingreso. Hay que tener en cuenta que una persona que ha conseguido un contrato de trabajo sólo durante doce días se ha quedado sin esta ayuda.
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Con esta situación, el Síndic considera que denegar la renta valenciana de inclusión a personas que, durante un corto periodo de tiempo, han estado trabajando no solo es una «injusticia» sino que podía «vulnerar sus derechos» y, además, desincentiva la búsqueda de empleo por el miedo a la denegación de la prestación.
En este sentido, en las recomendaciones, el Síndic advierte de este aspecto. «Puede provocar una desentivación de la búsqueda y/o aceptación de empleo por parte de los solicitantes de esta ayuda», recalca Ángel Luna. En su argumentación, la alta magistratura de la Generalitat considera que si ha transcurrido un periodo de unos diez meses sin que al usuario se le conteste sobre su petición de la renta «el temor a una denegación de ésta forzará a la persona solicitante a no empezar a trabajar si el empleo es de corta duración o puntual». Y concluye «¿qué interés tendrá la persona solicitante a aceptar un empleo de corta duración, de un par de semanas, si esto supone la denegación de la ayuda por los diez meses transcurridos si la conselleria procede a resolver el expediente mientras está trabajando o incluso después de dejar de hacerlo?»
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La Conselleria de Igualdad también ha denegado la petición realizada por la Sindicatura de Greuges de conceder la renta al peticionario teniendo en cuenta que cuando presentó la documentación no tenía trabajo. Posteriormente se podrían suspender los pagos de la RVI mientras mantuviera el empleo y retomarlos una vez dejara de cobrar un sueldo, tal y como aparece en la ley.
Pero he aquí una de las contradicciones en la respuesta de la conselleria, tal y como resaltan desde la Sindicatura. Y es que Igualdad considera que cuando la persona solicitante de la ayuda se encuentra trabajando en el momento en el que se dicta la resolución, esta no puede acceder a la renta valenciana en sus modalidades de garantía. En cambio, el departamento que dirige Aitana Mas señala que podría tener derecho a la modalidad de renta complementaria de trabajo. El problema es que la propia conselleria todavía no ha habilitado este tipo de ayudas .
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Además, el defensor del pueblo valenciano señala que la conselleria argumenta que aunque el solicitante no tenga derecho sí lo podrían tener otras personas de la unidad de convivencia. Ante ello el Síndic argumenta que «resulta muy difícil comprender por qué los beneficiarios si pueden trabajar y no el que solicita la ayuda a pesar de que la prestación se fija para la unidad familiar y no para el solicitante».
En opinión del defensor, la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas «no respeta el mandato de la ley de creación de la RVI, impidiendo a personas vulnerables acceder a prestaciones básicas por el tiempo en que no disponen de ingreso alguno».
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