«Fisabio ha venido utilizado de forma fraudulenta la contratación temporal». Esta conclusión de la Inspección de Trabajo respecto al funcionamiento de la fundación de investigación sanitaria y biomédica dependiente de la Conselleria de Sanidad corrobora las quejas de la plantilla de trabajadores. No en vano, según explicó Julio Moya, del Comité de Empresa, el 80% del personal de una plantilla de unos cuatrocientos trabajadores está en esta situación.
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El informe de Trabajo recuerda que el Tribunal Supremo ha establecido que las contrataciones temporales han de obedecer siempre a una causa, algo que no se da en Fisabio, que cuenta con un catálogo con únicamente 92 puestos de trabajo, algunos de los cuales ni siquiera está cubierto, añade el informe.
La gran mayoría de trabajadores está contratado mediante contratos de trabajo temporales por obra o servicio determinado, bien a jornada completa o a tiempo parcial vinculados con algún proyecto de investigación. Sin embargo, «algunos de estos contratos de trabajo por obra o servicio determinado tienen una duración de más de cinco años».
Los inspectores apuntan que la propia responsable del área jurídica y Recursos Humanos reconoció que es «posible que los trabajadores contratados inicialmente para un determinado proyecto de investigación de una duración determinada ahora realicen tareas distintas a las de la investigación que motivaron su contratación, especialmente en aquellos casos de trabajadores contratados hace más tiempo». En algunos casos el proyecto de investigación tenía una vigencia de uno o tres años «y el trabajador ha continuado manteniendo la relación laboral más de ocho años hasta la actualidad». El mantenimiento de estos contratos temporales «sería fraudulento al carecer de causa», agrega el documento.
El informe cita algunos ejemplos de profesionales contratados en fechas tan lejanas como 2010 y concluye que en algunos casos «se ha sobrepasado con creces el tiempo previsto del proyecto de investigación, en otros casos no está claramente definido el proyecto de investigación o son trabajadores que desarrollan trabajos como médicos, enfermeros, técnicos en laboratorio en centros hospitalarios si bien adscritos formalmente a un proyecto de investigación cuando estos empleados no llevan a cabo un trabajo de investigación propiamente dicho sino más bien trabajos de asistencia médica y, en el mejor de los casos, su actividad puede servir de apoyo a la investigación sin que pueda considerarse que su trabajo sea de investigación propiamente dicho».
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Con respecto a una posible solución para esta situación, la propia Inspección de Trabajo recuerda que son «las propias Leyes de Presupuestos Generales del Estado las que impiden dar una solución a esta situación, cual sería que la Fundación procediese a la conversión en indefinidos de los contratos de trabajo temporales que se hayan considerado fraudulentos», ya que la citada ley impide «de forma expresa la transformación de los contratos temporales en indefinidos no fijos a pesar de la existencia de fraude en la contratación».
Es por ello por lo que la Inspección de Trabajo reconoce que no puede extender un acta de infracción por la formalización de contratos de trabajo temporales «en fraude de ley, por cuanto que se entiende que este proceder de la Fundación no ha sido sino la consecuencia de la necesidad de acudir a la contratación temporal de trabajadores, aún de forma fraudulenta» para poder atender el trabajo al que está obligado.
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El informe de Trabajo también concluye que son los propios trabajadores quienes tendrían que presentar la correspondiente demanda ante la jurisdicción de lo Social en reclamación de la condición de trabajadores indefinidos no fijos o fijos. Desde el comité de empresa, Julio Moya, señaló que unos 30 trabajadores ya han optado por esta vía y lamentan que desde la propia Fundación se recurran sentencias favorables.
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