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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado la petición de Compromís de suspender cautelarmente la consulta lingüística a las familias, ... cuyos resultados servirán para organizar el peso de las lenguas oficiales en las aulas a partir del curso que viene.
El requerimiento, que acompañaba el correspondiente recurso de lo contencioso-administrativo, fue impulsado por cargos electos del partido nacionalista con hijos en edad escolar, y es el cuarto que planteaba la misma medida: frenar la consulta para evitar supuestos problemas que, de ejecutarse la votación, se causarían al sistema educativo valenciano. Todos han sido desestimados, por lo que la estrategia de la izquierda ha pinchado, de momento, en hueso, pues la justicia no aprecia motivos que justifiquen semejante decisión. Los tres anteriores fueron presentados por Acció Cultural del País Valencià y Families pel Valencià, por un lado, y por los sindicatos CC.OO PV y UGT PV (otros dos). También la organización mayoritaria, el STEPV, ha recurrido a la justicia, pero sin pedir medidas cautelares. En cualquier caso, no se puede perder de vista que los recursos siguen su camino y el TSJCV tendrá que pronunciarse sobre el fondo de la cuestión en los próximos meses. Esto es, analizar si la normativa reguladora cumple con la legalidad.
Los representantes de Compromís defendían que la orden que reguló el procedimiento incluía artículos de “nulidad evidente”, por ejemplo los que determinan que todo el proceso sería telemático, que se carecía de memoria económica y de informes de otros departamentos, que no se garantizaba “la vehicularidad del valenciano“ en los municipios de zonas castellanohablantes o que sobre la ley de libertad educativa pesa un recurso de inconstitucionalidad (impulsado por diputados de Compromís en el Congreso junto a otros grupos nacionalistas y de izquierda).
En su auto la sala recuerda que ya se ha perdido el objeto de la cautelar, pues ya se ha realizado la consulta y se trabaja en la organización de las aulas. Y además, destaca que la orden que la regula tiene apariencia de buen derecho. Es decir, que no hay indicios de que sea manifiestamente ilegal, pues no es más que la concreción de un proceso de convocatoria obligatoria, pues así lo determina la citada ley.
Tampoco compra el argumento de la amenaza de la inconstitucionalidad -“dicho recurso no tiene efectos suspensivos sobre la vigencia de la ley”- ni encuentra motivos para sostener otro de los requisitos que se valoran en una medida cautelar, como es el riesgo de que no aplicarla provoque efectos irreparables, por ejemplo en caso de que una sentencia posterior sea estimatoria. “El desdoble del alumnado en una lengua base valenciano o castellano es una acción reversible”, se señala.
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También responde a otros de los argumentos en este sentido, como la imposibilidad de que los centros informen antes del proceso de admisión, como exige la normativa, de su plan de uso de las lenguas. Este recoge la utilización del castellano o el valenciano en aspectos no curriculares (por ejemplo en las comunicaciones o la rotulación) pero no depende de los resultados de la consulta. La sala alega en el auto que, en realidad, la obligación de su elaboración nació tras la entrada en vigor de la ley, el pasado junio.
“En suma, no se acredita ninguna causa objetiva alegada por la parte demandante que justifique un efecto negativo, daño o perjuicio irreversible o de imposible o difícil reparación, ni se aporta el menor indicio del daño que supondría la ejecución de la orden. Se realiza una alegación más bien genérica de los daños sin que exista causa objetiva que justifique el efecto negativo manifestado”, concluye el fallo, que también recuerda las desestimaciones de las peticiones de cautelares previas.
Tras conocerse el fallo, fuentes de la Conselleria de Educación han explicado que la consulta pretendía que las familias eligieran la lengua base de sus hijos “con absoluta libertad y convicción”, por lo que “no se entendía que ciertos colectivos rechazaran que las familias tuvieran voz y voto”. Además, han destacado que “se realizó con absoluta normalidad y arrojó un resultado equilibrado (50,53% a favor del valenciano y 49,47% para el castellano), en consonancia a la realidad de la Comunitat, región donde conviven dos lenguas oficiales”. En el proceso participaron el 58,61% de las familias que estaban llamadas a votar.
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