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En los últimos días el Gobierno central ha impulsado el deslinde del dominio público marítimo en Dénia que afecta a unos 3.600 inmuebles ... de los que más de un centenar pasarán al dominio público y los residentes perderán su propiedad. Los vecinos afectados se encuentran enfadados e inermes ante la maquinaria estatal. La situación no afecta sólo la Marina Alta. Lo mismo puede ocurrir en Bellreguard y Puçol en breve.
En este contexto, el Consell aprobará, a propuesta de la Conselleria de Medio Ambiente, en su reunión plenaria de este viernes poner en marcha una legislación que amplíe las competencias de la Generalitat en la gestión de la costa. En este sentido, la exposición de motivos señala que en la Comunitat existe un litoral muy antropizado por lo que es de «interés general» que sea la propia comunidad autónoma quien gestione las actividades humanas «garantizando su sostenibilidad en términos de compatibilidad con la protección del medio ambiente».
La aprobación de esta ley probablemente abrirá un pulso entre la Generalitat y el Ejecutivo central que hasta el momento tiene en sus manos gran parte de las competencias y está aplicando unos deslindes que han provocado el rechazo de los vecinos del litoral. Hay que tener en cuenta que otras autonomías ya tienen transferidas esas competencias. Se trata de Andalucía, Cataluña, Baleares, Canarias y Galicia, aunque cada una con sus particularidades.
En el caso andaluz la autonomía las tiene transferidas desde 2011 en materia de ordenación del litoral que entre otras le otorga la potestad de gestionar los títulos de ocupación y uso del dominio público marítimo-terrestre, especialmente el otorgamiento de autorizaciones y concesiones. Cataluña, por su parte, las tiene desde 2020 .
Canarias, por su lado, las tiene transferidas desde enero de este año y Baleares desde julio. Galicia elaboró una ley que el Gobierno ha impugnado y se encuentra en estos momentos a la espera de una resolución del Tribunal Constitucional.
La nueva legislación, que llevará por título Ley de Protección y Ordenación de la Costa Valenciana, pretende que la Generalitat asuma competencias que en estos momentos se encuentran en manos del Estado. Es la primera ocasión en la que el ejecutivo autonómico se plantea recuperar la jurisdicción sobre el litoral.
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La Generalitat asume que puede ampliar su jurisdicción a partir de la doctrina del Tribunal Constitucional, del Estatuto de Autonomía y de las disposiciones de la Unión Europea.
En lo que se refiere al Constitucional, la exposición de motivos señala que la doctrina del alto tribunal a partir de la ley de Costas de 1988 ha establecido que las comunidades autónomas con litoral «competentes para la ordenación del territorio lo son también para la del litoral, ya que la titularidad estatal sobre el dominio público marítimo-terrestre prevista en el artículo 132.2 de la Constitución no es en sí misma un criterio de delimitación competencial».
La resolución se acoge también al Estatuto de autonomía para reclamar esta jurisdicción. En concreto cita al artículo 49.9 que «asume la competencia exclusiva de la Comunitat para la ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda». En este sentido, considera que se trata de una «asunción exclusiva que confiere plenas atribuciones de ejecución y desarrollo normativo».
A estas competencias, prosigue la resolución, se suman otras de diverso alcance pero que están vinculadas con el ámbito costero y litoral «porque requieren de ese espacio físico para ser ejercitadas o redundan con su ejercicio en su desarrollo sostenible».
Es el caso de la pesca en aguas interiores, la acuicultura, los puertos que no son de interés general y aquellos que sí lo son pero en los que el Estado no se reserva su gestión directa. En la misma línea, alude a competencias referidas al desarrollo y ejecución de la legislación del Estado en materia de ordenación del sector pesquero, la competencia para la ejecución de la legislación estatal en materias de salvamento marítimo y de vertidos industriales y contaminantes en las aguas territoriales del Estado correspondientes al litoral valenciano. Por último hace referencia a la competencia para desarrollar «la legislación básica y dictar normas adicionales de protección sobre medio ambiente».
Por último, la resolución señala que las competencias también le son atribuidas por Bruselas. En este sentido, destaca que corresponde a la Generalitat el desarrollo y ejecución «de la legislación de la Unión Europea en la Comunitat Valenciana en aquellas materias que sean de su competencia».
También hace referencia a una recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa de 2002. Estas disposiciones se refieren a la aplicación de la gestión integrada de las zonas costeras de Europa que viene exigida por el tratamiento de las diversas actividades económicas que se proyectan y desarrollan en el litoral y por los riesgos y amenazas que afectan a los ecosistemas marino-costeros. En este sentido, la UE considera «la especial eficiencia para ello de la escala regional, que de acuerdo con la distribución territorial prevista en la Constitución se corresponde con el ámbito autonómico».
En la misma línea, la resolución considera que por su cercanía al ciudadano «debe darse relevancia a los municipios litorales, sin perjuicio de los aspectos que requieran un enfoque supramunicipal y de las diversas figuras de protección ambiental de los espacios naturales enclavados en los términos municipales».
La resolución deja en manos de la Dirección General de Costas en coordinación con la de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental la elaboración del anteproyecto de ley. También se creará una comisión de trabajo para que desarrolle el borrador que integre a responsables y personal funcionario de los departamentos afectados, así como personal especializado externo.
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