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Delincuentes sexuales valencianos empiezan a pedir reducción de condena

'Sólo sí es sí'. La laguna legal da oxígeno a medio millar de agresores y ya hay decenas de solicitudes

BELÉN HERNÁNDEZ

Jueves, 17 de noviembre 2022, 00:31

La nueva ley del 'sí es sí' ha desatado la polémica en la esfera jurídico. El concepto de 'abuso sexual' ha desaparecido y estos delitos estarían catalogados de agresión sexual. Al producirse esta simbiosis, la horquilla en la que se marcaban las penas de prisión para los delitos ... de agresión sexual también ha cambiado. Mientras antes las condenas iban de 6 a 12 años, ahora la pena mínima pasa a ser 4 años. A nivel de la Comunitat Valenciana y partiendo de las condenas del año 2021 únicamente, cerca de medio millar de delincuentes sexuales podrían pedir la rebaja de sus condenas.

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En lo referente a las penas de agresiones sexuales a menores de edad, anteriormente, las condenan oscilaba de 8 a 12 años. La pena mínima ahora pasa a ser 6. Joaquim Bosch, el Presidente de Juezas y Jueces para la Democracia, explica que la aplicación de la nueva ley de 'sí es sí' «es muy discutible jurídicamente. Hay que tener en cuenta que hay dos tipos de interpretar esta le». El primero de los criterios a seguir es tener en cuenta que actúa como máxima el principio de actuar en favor del reo.

Partiendo de esta base, en un caso en el que el condenado estuviera cumpliendo la pena mínima por su crimen, que hasta hace poco era de 6 años de prisión, puede pedir que se evalúe su condena y se le rebaje en dos años para que se modifique a la normativa vigente. Además de que se trata de una ley con carácter retroactivo por lo que se puede aplicar en sentencias firmes. Bosch explica que este cambio en el código penal puede aplicarse siempre que el tribunal lo considere oportuno siguiendo la máxima de actuar 'pro reo', es decir, a favor del recluso.

«Si saliera una nueva ley que endureciera las penas no le afectaría a alguien que ya hubiera sido condenado con la normativa anterior, dado que se pueden mejorar las condiciones del condenado pero nunca empeorarlas», explica el Presidente de Jueces y Juezas para la Democracia. Sin embargo, no es tan sencillo encontrar un consenso de criterios respecto a la aplicación de la ley de 'sí es sí'.

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Joaquim Bosch explica que, al igual que el caso anterior, que las penas pasen de 6 a 12 años a que la horquilla parta de los 4 años hasta los 12, «se podría alegar que alguien que está cumpliendo seis años de prisión está dentro de la horquilla de penas que se pueden cumplir para este tipo de delitos en base a la disposición transitoria quinta de la ley».

Diferentes interpretaciones

Ante la disparidad de criterios que puede dar lugar a confusión. El Presidente de Jueces y Juezas para la Democracia insta a que el Tribunal Supremo aplique un criterio que les sirva como guía a los profesionales. El Fiscal General del Estado todavía no ha entrado a valorar lo que opina al respecto de la aplicación de la nueva ley 'sí es sí'. A pesar de ello, Jaime Gil, portavoz de la Fiscalía jha opinado que aunque su labor sea aplicar la ley en lugar de establecer juicios de valor a su parecer «la ley está mal hecha».

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LAS CLAVES

  • Las penas. La condena por agresión sexual ha pasado de oscilar entre los 6 y los 12 años a que la pena mínima esté en 4.

  • El porqué. Con la ley de 'sí es sí' se elimina el delito de abuso sexual y se engloba como agresión sexual.

  • Resultado. En España ya han rebajado la condena en dos años a dos agresores sexuales.

Pero los profesionales consultados abogan porque no hay que establecer un foco generalista. De hecho, Auxiliadora Borja, la decana del Colegio de Abogados de Valencia, recuerda que a la hora de establecer el criterio de rebaja de las condenas hay que tener en cuenta cada caso concreto. Así si en estos casos se tuvo en cuenta elementos agravantes o atenuantes a la hora de establecer la condena del agresor. Aunque un año es mucho tiempo en la cárcel, como destacan los profesionales, puede ser sólo un suspiro para las víctimas que temen tachar los días del calendario hasta que el hombre que las agredió vuelva a ver la luz del día.

Primeros vestigios

Con la entrada en vigor de la ley de 'sí es sí', que fue impulsada por el Ministerio de Igualdad, un hombre condenado a seis años y nueve meses de cárcel fue puesto en libertad. ¿La razón? La Audiencia de Madrid comprobó que los delitos por los que se le habían condenado habían quedado despenalizados con el cambio de ley. Los menores de los que abusó tenían entre 16 y 18 años, por lo que el consentimiento efectuado por personas de estas edades no es constitutivo de delito a no ser que el consentimiento fuera empleando 'violencia, intimidación o abuso de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima», pero no fue el caso.

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La rebaja de condena llega a un condenado a seis años de prisión por violar a una amiga. La pena correspondía al mínimo posible y la Audiencia de Madrid aceptó rebajarla en dos años para ir acorde con la pena mínima actual contemplada con la ley del 'sí es sí'.

Otra de las consecuencias ha ocurrido en el caso de una rebaja de dos años a un hombre por abusar sexualmente a su hijastra de 14 años. A nivel de la Comunitat Valenciana todavía no se conocen casos en los que se haya aceptado rebajar las condenas por estos delitos. Aunque los expertos alteran de que no van a dejar de multiplicarse las peticiones de este tipo.

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Cinco años de prisión para un celador que abusó de una menor

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a cinco años de prisión por un delito de abuso sexual con acceso carnal a un celador del Hospital de Ontinyent que sometió a tocamientos en sus partes íntimas y a otros actos de tipo sexual a una paciente, menor de edad, mientras estaba anestesiada tras una operación. Asimismo, el condenado no podrá ejercer como sanitario durante el tiempo que dure la condena y queda inhabilitado para cualquier profesión u oficio, retribuido o no, que conlleve contacto con menores por un tiempo superior a cinco años al de la duración de la pena de prisión. Además tendrá que indemnizar a la víctima con 6.200 euros por daños morales y perjuicios personales.

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