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Lunes, 14 de junio 2021, 00:27
La Comunitat Valenciana empieza otra semana de lo que el Consell denomina «Medidas de apertura progresiva», es decir, una serie de restricciones para combatir el Covid que aún estarán vigentes, al menos, hasta el 30 de junio. Algunas de las medidas más importantes ya han decaído, como el toque de queda o el cierre perimetral. Aún así, hay una serie de cosas que aún están prohibidas:
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Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público. El uso de la mascarilla también es obligatorio en los medios de transporte públicos. Y en los vehículos privados si los ocupantes no conviven en el mismo domicilio.
Es obligatorio también el uso de la mascarilla en el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales, así como el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos. También es obligatoria en el uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.
Además, es obligatorio su uso durante la permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los momentos estrictamente necesarios para comer o beber.
Sanidad fija el fin del uso de las mascarillas en el exterior para «julio o incluso antes»
No está permitido el consumo de bebidas y alimentos en la barra de los establecimientos de hosteleria -bares, restaurantes, discotecas...- El consumo, tanto en zonas interiores como exteriores, se hará siempre sentado en mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad de un mínimo de 1,5 metros ente las sillas de diferentes mesas.
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No se permite el baile ni interiores ni exteriores, ni la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto, estando permitidas las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc jockey, asegurando ventilación suficiente, y una distancia de seguridad de al menos dos metros entre músicos y público en el caso de cantantes e instrumentos de viento.
No se podrá fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o similares, incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cerrados.
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No se realizarán celebraciones populares, desfiles o espectáculos itinerantes. Los eventos de cualquier naturaleza que puedan implicar aglomeración de personas se realizarán bajo estrictas normas de seguridad sanitaria.
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