Control del toque de queda en Valencia. EFE

Estas son las nuevas restricciones contra el coronavirus que se aplicarán en la Comunitat Valenciana del 7 de noviembre hasta el 9 de diciembre

Nuevas limitaciones en la hostelería, comercio, ocio, vida social o práctica de deporte

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Viernes, 6 de noviembre 2020

El presidente de la Generalitat, Ximo Puig y la consellera de Sanidad, Ana Barceló, han informado este viernes 6 de noviembre de las nuevas medidas y restricciones que se ponen en práctica para luchar contra la pandemia del coronavirus en la Comunitat Valenciana.

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La Conselleria de Sanidad ha publicado ya la resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, que además deja sin efecto las restricciones en las localidades más afectadas que se decretaron la semana pasada y no permite autorizar ningún tipo de «evento o actividad multitudinaria».

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-El texto, que estará en vigor desde la medianoche de este sábado hasta el 9 de diciembre a las 23.59 horas, señala que en caso de brote epidémico, se realizarán cribados con pruebas PCR en aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas.

-La Generalitat valenciana ha restringido al 50% el aforo en locales comerciales minoristas e interior de espacios de restauración y en terrazas y espacios culturales para hacer frente a la situación epidemiológica actual en la que la pandemia «se está agravando de forma acelerada, con una tendencia creciente».

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-Asimismo, las nuevas restricciones limita a un máximo de 25 personas al aire libre y 15 en espacio cerrado las ceremonias religiosas y velatorios, a seis personas la participación de las actividades festeras tradicionales, se reduce al 50% el aforo en parques infantiles al aire libre con la distancia de seguridad y los locales de ocio infantil en espacios cerrados deberán garantizar la limpieza continua y que no se produzca intercambio de objetos entre las personas usuarias, mientras que las actividades grupales tendrán un máximo de 6 participantes.

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-Los establecimientos y locales comerciales y de actividades de servicios profesionales deberán reducir a 1/3 el aforo total, los mercadillos reducirán a la mitad los puestos, mientras que los centros comerciales también reducen a la mitad su aforo y no se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes salvo para el tránsito.

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-Respecto al ocio, se suspende la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, el consumo en el interior del local no podrá superar un tercio del aforo y de la mitad en las terrazas y no se permiten los servicios tipo self-service o bufet ni 'botellones'. Los casinos funcionarán con un tercio de aforo.

-De igual modo, las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos no podrán superar un tercio de su aforo y personas no convivientes no podrán pernoctar ni utilizar simultáneamente los servicios colectivos.

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-Por su parte, actividades culturales y turísticas reducen su aforo a la mitad, no se permiten los espectáculos itinerante, se recomienda la realización telemática de congresos y talleres y si se celebran será con la mitad de aforo.

En las medidas relativas a eventos y actividades multitudinarias se ha introducido la definición de «eventos multitudinarios», que especifica cuáles no tendrán esta consideración y, por tanto, quedarán fuera de la norma. Se trata de actos culturales incluidos en la programación ordinaria, habitual de los locales y establecimientos culturales y artísticos como teatros, cines, auditorios de música, centros culturales, salas de conciertos, salas de exposiciones, salas de conferencias y otros espacios de naturaleza análoga cuya actividad ordinaria sea cultural y que cuenten con protocolos suficientes para el desarrollo de su actividad.

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-Se recomienda la enseñanza telemática no reglada, en especial aquella dirigida a personas vulnerables, y si se imparte de forma presencial, no se supere el 50 % del aforo máximo de la instalación.

-La actividad física o deporte, tanto en instalaciones deportivas como al aire libre, se podrá practicar sin contacto físico en las modalidades deportivas individuales y que se practican por parejas Asimismo, se podrán realizar actividades físicas en grupos hasta un máximo de 30 personas, cuando se realizan en instalaciones abiertas, y hasta un máximo de 20 personas, cuando se realizan en instalaciones cerradas, sin contacto físico, manteniendo la distancia de seguridad y siempre que no se supere un tercio del aforo máximo.

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Las medidas adoptadas relativas a la actividad física o deporte no profesional, ni federado, no afectarán a los Juegos Deportivos de la Comunitat Valenciana ni al Campeonato Autonómico de Deportes Universitario.

-En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluida la persona conductora, se permite ocupar la totalidad de las plazas traseras del vehículo, así como las ofertadas en la fila de asientos del conductor, cuando se hayan agotados, previamente, las traseras, salvo cuando el conductor pueda ser considerado como persona de riesgo, siempre con mascarilla todos los ocupantes, y en los de una sola fila podrán viajar como máximo dos personas.

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-No se podrá fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros.

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