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El Tribunal Superior autoriza prorrogar el pasaporte Covid hasta el próximo 28 de febrero

F. Ricós

Viernes, 28 de enero 2022, 14:12

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha autorizado prorrogar hasta el próximo 28 de febrero la exigencia de presentar el pasaporte Covid para acceder a todos los establecimientos y espacios donde ya se requería, tal y como aprobó este pasado jueves la comisión interdepartamental del Consell para el coronavirus.

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Estas disposiciones se hallan contenidas en la resolución de la Conselleria de Sanidad Universal del pasado 26 de enero para que entren en vigor el 1 de febrero, que es cuando finalizaba la autorización actualmente en vigor.

El pasaporte Covid hay que presentarlo para acceder al interior de bares y restaurantes, aunque cada vez se solicita menos, salones de banquetes, pubs, discotecas y locales de ocio nocturno en general, cines en los que haya consumo de bebidas o comidas, circos y conciertos, así como en gimnasios y polideportivos cubiertos.

El Tribunal considera que la prórroga de la exigencia del pasaporte Covid está justificada por la evolución de la pandemia, concretamente por la expansión de la variante ómicron y el incremento acelerado de la transmisión comunitaria no controlada y sostenida del virus SARS-CoV-2, que «excede la capacidad del sistema sanitario».

«Se trata de una medida susceptible de conseguir el objetivo concreto con lo que queda cumplimentado el juicio de idoneidad». Igualmente, cumple el juicio de necesidad, pues resulta «indispensable si se quiere obtener el objetivo de reducir o al menos minimizar el incremento de la transmisión», añade el TSJ

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Del mismo modo, tal y como ha establecido ya el Tribunal Supremo, los magistrados entienden que la obligación de presentar este documento es una limitación «tenue» de los derechos fundamentales que está justificada en su confrontación con la «potente presencia» de los otros derechos fundamentales como el derecho a la vida, a la integridad física y a la protección de la salud.

La medida, según la Sala, está proporcionada y «obtiene un buen encaje de las dos piezas más importantes (salud y economía, por este orden) de este insólito puzle que representa la actual pandemia».

El Tribunal concluye que de esta medida se derivan «más beneficios para el interés general -como es la contención de la pandemia- que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto», como es la libertad individual.

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Además, el auto aclara que la exigencia del pasaporte Covid no afecta a las terrazas de bares y restaurantes.

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