La Rioja y Navarra ya están confinadas y no se puede viajar a su territorio. EFE/raquel manzanares

¿Puedo viajar a otra provincia durante este estado de alarma?

Cada autonomía puede decretar un confinamiento total o parcial de su territorio y prohibir los desplazamientos

J. M. c./lp

Domingo, 25 de octubre 2020, 16:36

La aprobación del segundo estado de alarma del coronavirus en España trae nuevas restricciones y dudas para la vida diaria de los ciudadanos.

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Una de las novedades de este estado de alarma reside en que vuelve a habilitar la posibilidad de que los ciudadanos de una provincia no puedan salir de esa zona, salvo para ir a trabajar, cuestiones sanitarias y otras obligaciones legales o familiares que sí permitirían cambiar de provincial. Siempre tendrá una duración mínima de una semana, según aclara el BOE.

Cada gobierno regional podrá aprobar esta medida para todo su territorio o bien aplicar «un confinamiento inferior», es decir, una parte de una región.

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este domingo el real decreto por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación del coronavirus. Señala el real decreto en lo que se refiere a la entrada y salida de las comunidades que «se restringe la entrada y salida de personas del territorio de cada comunidad autónoma y de cada ciudad con Estatuto de autonomía salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

1. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

2. Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

3. Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

4. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

5. Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

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6. Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

7. Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

8. Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

9. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

10. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada».

Añade el BOE que «no estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación las limitaciones previstas en este artículo».

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En el artículo 9 señala que esas medidas que afectan a la entrada y salida de los territorios «serán eficaces en el territorio de cada comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía cuando la autoridad competente delegada respectiva lo determine, a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13. La eficacia de la medida no podrá ser inferior a siete días naturales».

Esa medida «no afecta al régimen de fronteras. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que dicha medida afecte a un territorio con frontera terrestre con un tercer Estado, la autoridad competente delegada lo comunicará con carácter previo al Ministerio del Interior y al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación».

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Algunas comunidades, como La Rioja o Navarra, ya se encuentran perimetralmente confinadas, y ciudades como Oviedo, Gijón y Avilés (en Asturias), o todo el área metropolitana de Granada (la capital y una treintena de municipios), entre otras. Los ciudadanos deberán informarse y tener muy en cuenta las condiciones de la ciudad o provincia a la que desean viajar para evitar sorpresas.

El gobierno valenciano no va a restringir las comunicaciones con otras autonomías, al menos de momento, según han indicado desde el Palau de la Generalitat. El Consell no va a establecer limitaciones perimetrales, por lo que los valencianos podrán salir de los lindes de las tres provincias y cualquier otro español podrá acceder a la Comunitat Valenciana.

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Un caso especial es el de las Islas Canarias, un importante destino turístico en la temporada invernal donde la incidencia del virus es menos elevada. De momento, el toque de queda no se aplicará en las islas.

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