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EFE
Viernes, 11 de mayo 2018, 16:13
El Consell ha definido los requisitos de residencia, no disponer de recursos económicos, ser mayor de 25 años o no tener un patrimonio por valor de 7 veces la cuantía máxima anual de la Renta Valenciana de Inclusión para la concesión de esta prestación económica, fijada entre 515 y 809 euros que se pueden complementar con ayudas para la vivienda, lo que eleva la cuantía hasta los 1.011 euros (en una familia de 6 personas).
Estos requisitos quedan recogidos en el reglamento de desarrollo de la ley de Renta de Inclusión, que entró en vigor hace 18 días y sustituye a la Renta garantizada de ciudadanía e incluye la ampliación y flexibilización de los requisitos para poder acceder a la ayuda, el aumento del tiempo de cobertura de la prestación y el ahorro en la gestión burocrática, según ha informado la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, tras la reunión semanal del Gobierno valenciano.
Podrán solicitar la renta aquellos que tengan la residencia de un año en la Comunitat Valenciana o han vivido cinco de los últimos diez años en esta región, un requisito que no será exigible a las mujeres víctimas de violencia de género, de explotación sexual o tráfico de personas, ni a los refugiados, asilados o desplazados forzosos.
También los ciudadanos que no dispongan de recursos económicos o sean inferiores a la cuantía de la renta de inclusión; los mayores de 25 años o de 16 y tengan personas a su cargo o de 18 y hayan tenido un trabajo remunerado al menos un año; y quienes no tengan un valor siete veces la cuantía máxima de la ayuda sin contar la vivienda habitual.
El siguiente tríptico de la Generalitat resume las características, requisitos y diferentes ayudas de la Renta Valenciana de Inclusión:
También descargarte el pdf en este enlace de LAS PROVINCIAS.
PDF: Ley de la Renta Valenciana de Inclusión
También puedes leer la normativa (texto de la Ley) sobre la Renta Valenciana de Inclusión, aprobada a finales de abril de 2018:
Noticias sobre la renta valenciana de inclusión
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