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Participantes en una oposición sanitaria anterior. manuel molines

Sanidad cambia la fecha de toda una oposición tras el recurso de una adventista

La afectada recurrió al TSJ y la conselleria ha optado por modificar el día de la prueba a más de un centenar de ginecólogos

DANIEL GUINDO

Jueves, 26 de mayo 2022, 19:01

Compaginar el respeto a los derechos religiosos de cada persona con la realización de exámenes de oposiciones no siempre es fácil. Y para muestra un ... botón. La Conselleria de Sanidad ha cambiado la fecha de toda una oposición porque una aspirante, perteneciente a la Iglesia Adventista del Séptimo Día, adujo precisamente por ello que no podía realizar la prueba en sábado (los miembros de esta iglesia no pueden efectuar actividad económica ni laboral en sábado al considerarlo el día de culto y oración), tal y como estaba prevista. Esta opositora recurrió al Tribunal Superior de Justicia y el departamento autonómico ha optado por modificar la convocatoria para todos los aspirantes, lo que ha generado, a su vez, críticas del resto de opositores.

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«Parte de los ginecólogos que se presentan no son de Valencia, por lo que ya tienen reservados hoteles y otros alojamientos. Algunos incluso tenían contratado salir de viaje el domingo. ¿No podrían haber retrasado la prueba unas horas a esa persona el propio sábado, como ya han hecho en otras ocasiones, en lugar de modificarnos la convocatoria a todos los demás?», se pregunta una aspirante que prefiere mantener el anonimato. «Por una han fastidiado a 400 (aspirantes) a 20 días del examen y con las guardias y todo ya programado. Es un sinsentido, porque si no puede hacer un examen en sábado tampoco podrá trabajar esos días», lamenta otro. «No te dan opciones ni estando operado, pero en un país aconfesional hacen esto», se queja un tercer profesional a través de sus redes sociales.

Estas reacciones surgen después de que los aspirantes hayan recibido la información de que la directora general de Recursos Humanos ha modificado la fecha de la prueba correspondiente al concurso-oposición para la provisión de vacantes de facultativo especialista de Obstetricia y Ginecología dependientes de la Conselleria de Sanidad, y para la que se ofertan 96 plazas.

La resolución, suscrita por Carmen López y a la que ha tenido acceso LAS PROVINCIAS, señala que la prueba «estaba prevista el sábado 18 de junio de 2022 y considerando el auto nº184/2022, de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, recaído en contestación al recurso interpuesto por una interesada perteneciente a la Iglesia Adventista del Séptimo Día a través del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, del cual se desprende el derecho de la interesada a realizar la prueba en cualquier otro día que no fuera sábado, o bien en ese día, una vez pasada la puesta de sol»; motivo por el cual la conselleria decide en lugar de retrasar la prueba cambiar el día de celebración al domingo, en el hospital La Fe, a las 9.00 horas de la mañana. Sin embargo, aclara también que «contra la presente resolución se podrá interponer los recursos especificados en la base octava de la convocatoria». Además, justifica que este cambio se puede acometer «con una antelación mínima de 15 días hábiles», de ahí que sea posible la modificación de la convocatoria, dado que la resolución está firmada el pasado 24 de mayo.

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Fuentes de la Conselleria de Sanidad han apuntado a Europa Press que el objetivo con el cambio de fecha es evitar "al máximo" los posibles problemas ocasionados por la necesidad de tener que aislar a las personas aspirantes para que puedan hacer el examen en los términos establecidos ante sus creencias religiosas, y al mismo tiempo, garantizar que todos los candidatos tengan las mismas posibilidades y evitar que se pueda poner en duda el proceso.

Por su parte, fuentes de la citada iglesia adventista han indicado que «reiteradamente se ha renunciado a que se haga otro día, solicitando únicamente un cambio de horario para conciliar los derechos en conflicto. También queremos destacar cómo la opositora adventista ha renunciado a solicitar, como medida cautelar, la suspensión de la celebración del concurso-oposición«.

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«Entendemos que el reconocimiento de la libertad religiosa no debe realizarse en perjuicio de terceros de buena fe, que no son responsables del proceder de la Administración recurrida. Nuestra única pretensión es que se reconozca la vulneración del derecho fundamental de la médico adventista y se le confiera la posibilidad de concurrir en un proceso selectivo, de forma compatible con sus principios religiosos; y ese objetivo se consigue, sin perjuicio de terceros, mediante la adopción de la medida cautelar solicitada: cambio de hora», agregan.

«Ya el 13 de abril la opositora adventista expresamente manifestó que no estaba solicitando realizar la prueba en una fecha distinta, y que prefería ser examinada de la misma prueba que el resto de los aspirantes, pero a partir de la puesta de sol del sábado, ofreciéndose a quedar aislada desde las 12.00 horas; de esta forma se evitaba cualquier duda sobre que estuviera buscando un tratamiento no compatible con los principios de igualdad, unidad de llamamiento y transparencia», añaden.

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De hecho, hace poco más de una semana, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) estimaba la medida cautelar solicitada por otra opositora, en este caso a plazas de médico especialista en Oftalmología, y se acordó que la Conselleria de Sanidad le retrasase unas horas el examen, hasta la puesta de sol del mismo sábado en que está convocado -el 28 de mayo-. Este cambio se produjo también en virtud de sus convicciones religiosas como miembro de la Iglesia Adventista del Séptimo Día. El órgano judicial estimó el recurso que interpuso la aspirante ante la negativa del subdirector de Recursos Humanos, que informaba de la imposibilidad de modificar esa prueba de la oposición, fijada a las 12.00 horas. La recurrente, por su parte, manifestó su disposición a realizar a prueba cualquier otro día o esa misma jornada pero una vez pasada la puesta de sol.

En su auto, la sala aplica jurisprudencia del Supremo y de otros tribunales superiores de justicia sobre casos similares y, tras analizar los intereses en conflicto, concluye que no acceder a la pretensión de la recurrente la obligaría a verse «constreñida a optar entre la fidelidad a sus convicciones religiosas y la oportunidad de ingreso en la administración que le brinda el proceso selectivo».

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Los magistrados aplican a este caso el artículo 12.3 de la Ley 24/1992 por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas, que prevé que los exámenes, oposiciones o pruebas selectivas convocadas para el ingreso en las administraciones públicas puedan ser señalados en una fecha alternativa para los fieles de dichas iglesias «cuando no haya causa motivada que lo impida».

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