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Una prueba PCR para detectar si se está infectado por coronavirus en un colegio. Efe

Mi hijo tiene síntomas de coronavirus... ¿Cuándo me pueden llamar del cole y qué tengo que hacer?

El protocolo de Sanidad y Educación establece los pasos a seguir si se produce un posible caso de coronavirus y establece obligaciones para los padres y alumnos

LP.ES

VALENCIA

Miércoles, 2 de septiembre 2020

Comienza el curso escolar y todo son dudas ante la vuelta al cole. Los padres tiene miedo de que sus hijos se contagien y la Conselleria de Educación ha elaborado un protocolo de aplicación en los centros educativos para garantizar las medidas de seguridad sanitarias. Pero, ¿y si un alumno se despierta con algún síntoma? ¿Y si los muestra estando en el cole? ¿Pueden llamar a los padres inmediatamente para que recojan a su hijo? ¿Y qué deben hacer? ¿Deben permanecer aislados? ¿Y si el contagiado no es su hijo pero es un compañero de clase?

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La Generalitat Valenciana ha elaborado un documento que ha remitido a todos los centros educativos para que las decisiones que se tomen sean iguales en todos los casos.

Todos los centros educativos tendrán habilitado un «espacio COVID-19» separado, de uso individual, para posibilitar al aislamiento de cualquier persona que inicie síntomas compatibles con COVID-19 y esté a la espera de su traslado e información a la familia.

Esta sala tendrá buena ventilación, se procurará que en este espacio haya el mínimo material posible y se hayan retirado todos los objetos que puedan dificultar después una buena limpieza. Todo el material de protección deberá disponerse dentro de una caja estanca: mascarillas quirúrgicas para el alumnado y las personas adultas y, por si el alumno o la alumna no se puede poner una mascarilla quirúrgica, mascarillas de protección FFP2 sin válvula, pantallas faciales y batas desechables. Además dispondrá de una papelera con bolsa y a poder ser con tapa y pedal.

Si el niño tiene síntomas en casa

 Si se presenta en casa cualquier sintomatología (tos, fiebre -más de 37,5ºC-, dificultad al respirar, etc.) que pudiera estar asociada con el COVID-19. En este caso se deberá contactar con el teléfono de atención al COVID-19 (900 300 555) y con el centro de salud (figura en la tarjeta SIP) que le pertenezca.

También se puede pedir consulta a través de citaweb

No se deberá acudir al centro educativo hasta que el profesional sanitario de referencia confirme la ausencia de riesgo para la propia persona y el resto del alumnado.

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Si el niño o el padre ha estado en contacto con un contagiado

 Si se ha estado en contacto estrecho (a una distancia menor de 1,5 metros durante un tiempo de 15 o más minutos con convivientes, familiares y personas que hayan estado en el mismo lugar que un caso mientras este presentaba síntomas) o se hubiera compartido espacio sin mantener la distancia interpersonal con una persona afectada por el COVID-19, incluso en ausencia de síntomas, en al menos 14 días.

Se debe realizar un seguimiento por si aparecen signos de la enfermedad.

PDF: Consejos para el aislamiento en casos leves o en investigación.

Qué hacer si hay un posible contagio en el centro escolar

1. Se considerará que un/a escolar puede ser caso sospechoso de infección por SARSCoV-2, según la definición del Ministerio de Sanidad, cuando aparece sintomatología de infección respiratoria aguda de aparición repentina que presenta los siguientes síntomas:

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- Los más comunes incluyen: fiebre, tos y sensación de falta de aire.

- En algunos casos también puede haber disminución del gusto y del olfato, escalofríos, dolor de garganta, dolores musculares, dolor de cabeza, debilidad general, diarrea y vómitos.

(Estos son los que actualmente tiene definidos el Ministerio de Sanidad, pero pueden ser sometidos a cambios.)

2. En el supuesto de sospecha, por iniciar síntomas en el centro, se colocará una mascarilla quirúrgica siempre que tenga 6 o más años.

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3. La persona adulta que haya detectado el caso será quien se quede con el alumno o la alumna hasta que un familiar o tutor/a legal lo vaya a recoger. Se evitará que otras personas adultas del centro educativo entren en contacto con el alumno o la alumna, para evitar posibles contagios.

4. Se le conducirá al espacio «COVID-19» y se contactará con la familia

5. La familia será quien activará el circuito de atención sanitaria, contactando con su centro de salud de atención primaria de referencia y se seguirán sus instrucciones.

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6. La marcha del alumno o la alumna del centro escolar se procurará que se haga en vehículo particular y no en transporte público.

7. En caso de que sea una persona que desempeña su trabajo en el centro educativo se pondrá en contacto con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y se seguirán sus instrucciones.

8. El centro se pondrá a la disposición de los servicios asistenciales y de salud pública, para facilitar la información que se requiera para organizar la gestión adecuada de posibles casos y el estudio y seguimiento de contactos.

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9. Desde el Centro de Salud Pública se establecerá un protocolo de actuación que indique las medidas de prevención y control necesarias en caso de brote, o aumento de la transmisión comunitaria.

10. Salud Pública será la encargada de la identificación y seguimiento de los contactos según el protocolo de vigilancia y control correspondiente.

Qué deben hacer los alumnos con condiciones especiales de salud

 El alumnado que presenta condiciones de salud que les hacen más vulnerables para COVID-19 (como, por ejemplo, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, inmunodepresión o hipertensión arterial), podrán acudir al centro, siempre que su condición clínica esté controlada y así lo permita, manteniendo medidas de protección rigurosas, salvo indicación médica de no asistir

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Qué deben hacer los profesores o el personal del colegio si su estado de salud es vulnerable

 Los trabajadores y las trabajadoras vulnerables para COVID-19 (por ejemplo, personas con hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer o inmunodepresión), podrán volver al trabajo, siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo las medidas de protección de forma rigurosa, salvo indicación médica de no incorporarse.

En caso de duda, el servicio sanitario del Servicio de Prevención de Riesgos laborales deberá evaluar la existencia de trabajadores/as especialmente sensibles a la infección por coronavirus y emitir informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección necesarias.

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