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Fiesta en La Marina de Valencia. IVÁN ARLANDIS

El TSJ desestima la suspensión cautelar del horario de cierre para el ocio nocturno y la hostelería

Las cinco organizaciones empresariales denunciantes decidirán el lunes si recurren la decisión al Supremo

Francisco Ricós

Valencia

Viernes, 11 de junio 2021, 15:34

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribual Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha denegado la suspensión cautelar solicitada por cinco asociaciones empresariales ... a las limitaciones establecidas por la Conselleria de Sanidad al horario de cierre del ocio nocturno y la hostelería.

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El recurso lo presentaron el pasado miércoles la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería y Turismo de Valencia (Ashotur), la Asociación de Empresarios de Hostelería y Turismo de la Marina, la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de Alicante y la Federación de Ocio, Turismo y Juego de la Comunitat Valenciana (Fotur), contra la resolución de la Conselleria de Sanidad del pasado 3 de junio que establecía las nuevas restricciones para ambos sectores del 8 al 30 de junio.

El próximo lunes estas cinco organizaciones empresariales decidirán si recurren ante el Tribunal Supremo la resolución de hoy del TSJ valenciano.

«Lamentamos que no se hayan tenido en cuenta nuestra pretensiones por parte del TSJCV. De alguna forma se prima en ocio no reglado frente al ocio reglado y legal. Vamos a esperar a recibir el auto y una vez estudiado decidiremos lo que mejor convenga a los intereses empresariales», ha declarado el presidente de Fotur, Víctor Pérez.

En su recurso estas organizaciones solicitaba la suspensión cautelar del cierre a las 2 de la madrugada de pubs, discotecas y bares de copas, cuando en ese momento el Ministerio de Sanidad permitía hasta las 3, y a la 1 los bares y restaurantes, cuando su cierre habitual es a la 1.30 horas. Pedían la suspensión cautelar de la medida «dado el perjuicio que su aplicación supone para las empresas del sector».

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Explicaban en su recurso que se trataba de medidas desproporcionadas, «muy severas» respecto a la situación epidemiológica, que impiden la actividad empresarial, especialmente en el ocio nocturno.

Se recurría al TSJ la limitación horaria que supone para estas empresas «una grave afección al derecho de libertad de empresa causando un grave perjuicio patrimonial» al sector hostelero y de ocio. También se reclamaba la apertura de las barras para los bares y restaurantes. Entendían que Sanidad no ha justificado que sigan cerradas las barras de los bares «dado que la propia orden ministerial las permite en aquellas comunidades que están en riesgo bajo» de contagio, como es el caso de la Comunitat Valenciana.

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