El nuevo precio del aceite de oliva virgen extra en los supermercados desde este lunes 10 de marzo
Ayuntamiento de la Granja de la Costera. LP

El Ayuntamiento de la Granja de la Costera, condenado a pagar 25.779 por las cuotas de la Seguridad Social de varios técnicos entre 2012 y 2018

El Juzgado de los Social considera que había una relación laboral entre los profesionales y el ayuntamiento que prestaban su servicio al amparo de un convenio de la Diputación

B. González

La Granja de la Costera

Viernes, 20 de mayo 2022, 10:28

El Juzgado de los Social número 17 de Valencia ha condenado al Ayuntamiento de la Granja de la Costera a pagar las cuotas de la Seguridad Social de los dos arquitectos, 2 arquitectos técnicos y una aparejadora que trabajaron para el Consistorio entre los años 2012 y 2018, al considerar que había una relación laboral dependiente. La suma total a pagar es de 25.779 euros.

Publicidad

La denuncia fue interpuesta en 2016 por la Tesorería General de la Seguridad Social tras la inspección realizada. Los técnicos ofrecían sus servicios al Ayuntamiento gracias al convenio de la Diputación de Valencia con 16 colegios profesionales por el cual, los profesionales trabajaban dos horas a la semana en el Consistorio.

Esta situación no afecta solo a la Granja de la Costera, sino a un total de 187 pequeños municipios de la provincia a los que se les facilitaba estos servicios, entre ellos, otros de la comarca como Llanera de Ranes.

El juez, en sus fundamentos de derechos, entiende que existe una relación laboral porque concurren los requisitos. En concreto, en la sentencia señala que la prestación de servicios presenta "rasgos que sólo son concebibles en el trabajo dependiente". Entre esos rasgos apunta que los técnicos despachaban los informes sobre los asuntos que el Ayuntamiento le pasaba; que acudía una vez a la semana para resolver consultas; recibía una cantidad fija mensual con independencia del número de informes o consultas que hiciera; no asumía los gastos cuando se desplazaba a las obras; tenía un lugar asignado en el Ayuntamiento para trabajar; la prestación de servicios no se realizaba esporádicamente, sino que se ejecutaba con permanencia y habitualidad, además de disfrutar de vacaciones anuales.

Según explica el alcalde, José Miguel Marín, ya han procedido al pago de las primeras 29 cuotas impagadas, las que van desde 2016 a 2018 por una cantidad de 8.740,54 euros, por recomendación de la propia Diputación provincial a los ayuntamientos afectados, quedando pendientes las de esta sentencia, un total de 17.038,80 euros, las cuotas correspondientes de enero de 2012 a diciembre de 2015.

Publicidad

El primer edil lamenta esta "deuda heredada" que debe pagar este equipo de gobierno, aunque proviene de legislaturas anteriores y eso supone, asegura "una cantidad considerable que se podía haber destinado a otras cosas".

Cabe recordar que estos convenios entre la Diputación de Valencia y 16 colegios profesionales se venían desarrollando desde hacía 30 años. A través de ellos, los ayuntamientos adheridos de menos de 5.000 habitantes podían acogerse.

Publicidad

El objetivo era cubrir las necesidades de estos municipios que no podían permitirse tener a tiempo completo técnicos en plantilla. Estos profesionales trabajaban como autónomos y las horas de trabajo eran pagadas una parte por la Diputación, otra por el Ayuntamiento y otra por el propio colegio.

En octubre de 2015, la Inspección de Trabajo empieza a visitar estos ayuntamientos y a levantar actas al considerar que estos profesionales debían estar de alta en el régimen general de la Seguridad Social. La Diputación y los ayuntamientos recurrieron esas actas tanto en vía administrativa como en sede judicial. Empiezan a producirse sentencias contradictorias en los dos sentidos, tanto en la magistratura de trabajo como en el TSJCV.

Publicidad

Sentencia del Supremo

Desde la institución provincial indican que la Diputación recurrió al Tribunal Supremo quien falla a favor de la Inspección de Trabajo, sentenciando que corresponde abonar las cuotas a la Seguridad Social y que no se podían considerar como autónomos.

La Diputación ha recomendado a los ayuntamientos, ante esta sentencia, que soliciten el IVA correspondiente, dado que ya no han sido considerados como autónomos, a la delegación de Hacienda de todos los ingresos que no hayan prescrito.

Publicidad

Por otra parte, la institución provincial ha ido creando las correspondientes plazas para este personal técnico, a fin de que puedan atender a los consistorio de forma comarcalizada, por lo que ya son funcionarios de la propia Diputación quienes realizan estos servicios. Asimismo, las mancomunidades han creado sus propias plazas de técnicos para atender a sus ayuntamientos.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete a Las Provincias: 3 meses por 1€

Publicidad