![SEPE | Alerta del SEPE a quienes no pueden cobrar el paro: estos son todos los subsidios que pueden pedir](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202108/07/media/cortadas/sepe-paro-km1E-U150183120368vHE-1248x770@Las%20Provincias.png)
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T.V
Lunes, 9 de agosto 2021, 00:27
No toda la gente que está inscrita al paro está cobrando de él. Muchos de los que están en búsqueda activa de trabajo no reciben la prestación por desempleo, ya sea por no tener derecho a ella o por haberla agotado, pero eso no significa que no puedan recibir otro tipo de subsidios. De hecho, hay varios casos en los que se puede optar a diversas pagas, si se cumplen los requisitos solicitados para ello.
Es algo que muchos ciudadanos pueden no tener del todo claro, o desconocer completamente, por lo que el propio Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha alertado a aquellos que se encuentran en esta situación para que tengan en mente cuáles son sus opciones. Para ello, el SEPE ha empleado Twitter papara informar sobre las distintas prestaciones que sí se pueden solicitar si estás en el paro y sin cobrar nada, y son hasta seis diferentes.
🙋♀️ ¿Conoces los tipos de subsidios que puedes solicitar? Abrimos hilo ⤵️ pic.twitter.com/F7GAh4bBvK
SEPE (@empleo_SEPE) August 6, 2021
Cada una de estas pagas están orientadas a un perfil distinto de solicitante, que en función de su situación pueden demandar uno u otro. Casi todas estas subvenciones tienen requisitos comunes, siendo el primero de ellos (evidentemente) no tener derecho a la prestación contributiva. Aparte de esto, cada una de estas prestaciones tiene condiciones específicas, son las siguientes:
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Esta prestación pueden pedirla personas de al menos 45 años sin cargas familiares que hayan agotado la prestación contributiva. El importe es de 451,92 euros mensuales, que se pueden recibir durante 180 días. Para aquellos con cargas familiares está la opción del subsidio por desempleo.
Está orientado a quienes no han llegado a cotizar lo suficiente para tener el paro. El requisito para solicitarla, con o sin cargas familiares, es que deben haber trabajado tres o seis meses. La paga es de 451,92 euros mensuales y se puede cobrar en función del tiempo cotizado de las cargas familiares anteriormente, mínimo seis meses y máximo 21.
Esta prestación, según informa el SEPE, la pueden pedir los ciudadanos que tengan 52 años o más y hayan agotado el paro o el subsidio por desempleo. Eso sí, deben haber cotizado 15 años y dos dentro de los últimos 15. Es de 451,92 euros mensuales y puede durar hasta que el trabajador llegue a la edad de jubilación y cobre la pensión correspondiente
Destinado a los trabajadores en desempleo cuyo grado de incapacidad permanente ha sido reducido a uno parcial o eliminado. Pueden cobrar 451,92 euros mensuales durante 18 meses, en periodos prorrogables de seis.
Esta pensión está pensada para quienes vuelven a España después de trabajar en el extranjero al menos un año, que deben acreditar. El país no debe pertener al Espacio Económico Europeo o debe ser uno con el que no se tenga convenio para poder cobrar los 451,92 euros mensuales. Su duración también es de hasta 18 meses en periodos de seis meses prorrogables.
El requisito para personas que hayan estado ingresadas en prisión y soliciten esta paga es que sea por penas de más de seis meses de duración y cuando tengan menos de 52 años de edad. El subsidio también es de 451,92 euros mensuales y puede durar hasta 18 meses.
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