A partir de este 1 de octubre de 2024, varios productos de la cesta básica de los españoles sufren un ajuste en sus precios debido a los cambios en el IVA aplicados por el Real Decreto-ley 4/2024. Hasta ahora, muchos de estos alimentos se beneficiaban de una exención temporal del impuesto, pero ese escenario cambia con la llegada del último trimestre del año.
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Para empezar, productos esenciales como el pan común, las harinas panificables, la leche en todas sus variantes, los quesos, los huevos, y las frutas y verduras pasarán a tener un IVA del 2%, siguiendo el mandato de la Comisión Europea para ir atenuando las medidas extraordinarias que los distintos países han adoptado en los años precedentes. De esta forma, aunque esta tasa sigue siendo reducida representa un ligero aumento respecto al 0% que habían disfrutado durante los últimos meses.
Igualmente, el aceite de oliva, uno de los alimentos más utilizados en la cocina y de los que más se habían encarecido, también estará sujeto a este 2% hasta final de año, y a partir del 1 de enero de 2025 pasará a tener un IVA fijo del 4%.
Por otro lado, los aceites de semillas y las pastas alimenticias, productos que ya tributaban al 5%, verán subir su IVA al 7,5%, lo que impactará el precio final que pagarán los consumidores en supermercados.
Los productos a los que se le aplicará el nuevo IVA son:
IVA DEL 7'5% (antes al 5%)
a) Los aceites de semillas.
b) Las pastas alimenticias.
El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 1 por ciento.
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IVA DEL 2% (antes al 0%)
a) El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
b) Las harinas panificables.
c) Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
d) Los quesos.
e) Los huevos.
f) Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
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g) Los aceites de oliva.
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José María Camarero
El aceite de oliva, alimento básico y esencial de una dieta saludable, pasará a tributar a partir del 1 de enero como alimento de primera necesidad en el tipo súper reducido del 4 por ciento.
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