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Ni 65 ni 67 años: la Seguridad Social confirma la nueva edad de jubilación a partir de este mismo 2025

Ni 65 ni 67 años: la Seguridad Social confirma la nueva edad de jubilación a partir de este mismo 2025

A medida que se han ido introduciendo cambios en el sistema de pensiones, se ha intentado retrasar progresivamente la edad de jubilación para asegurar la viabilidad económica de las pensiones

Lunes, 14 de abril 2025, 00:49

Las continuas reformas del sistema de pensiones en España han ido sembrando dudas, inquietudes e incluso desinformación entre los trabajadores. ¿A qué edad se puede jubilar uno hoy? ¿Cuántos años se tiene que haber cotizado? ¿Cambia algo en 2025? La Seguridad Social ha querido aclarar estas preguntas que se repiten con frecuencia en un contexto marcado por el envejecimiento de la población, el descenso de la natalidad y la presión por garantizar la sostenibilidad del sistema público.

A medida que se han ido introduciendo cambios en el sistema de pensiones, se ha intentado retrasar progresivamente la edad de jubilación para asegurar la viabilidad económica de las pensiones. El objetivo es claro: que quienes accedan a ellas lo hagan con garantías, pero también con la seguridad de que el sistema podrá seguir sosteniéndose en el tiempo. Sin embargo, esta estrategia ha derivado en un panorama complejo y, en ocasiones, confuso para millones de trabajadores.

La edad de jubilación en 2025

Según ha confirmado recientemente la Seguridad Social, la edad ordinaria de jubilación en 2025 será de 66 años y 8 meses para quienes no alcancen un determinado periodo de cotización.

Asimismo, quienes hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses podrán jubilarse a los 65 años con el 100% de la pensión reconocida. Para el resto, la edad se retrasa hasta los 66 años y 8 meses, como parte del calendario gradual aprobado por la reforma de 2011, que llevará esta edad hasta los 67 años en 2027.

En este contexto, los trabajadores nacidos entre 1960 y 1970 —muchos de los cuales están ya en la recta final de su vida laboral— podrán acceder a la pensión completa si cumplen con los requisitos de edad y cotización establecidos. El factor clave sigue siendo el número de años cotizados: quienes superen el mínimo tendrán mayor flexibilidad para elegir cuándo jubilarse sin penalización.

Para quienes no lleguen a los 38 años y 3 meses de cotización, la edad efectiva de jubilación se alargará, salvo que opten por retirarse antes con recortes en su pensión.

¿Y si quiero dejar de trabajar antes?

La jubilación anticipada sigue siendo una opción para quienes deseen dejar el trabajo antes de la edad ordinaria, aunque implica penalizaciones que se aplican en función del tiempo adelantado y de los años cotizados. Ahora mismo, estos son los requisitos:

- Con al menos 63 años de edad y 38 años y 3 meses cotizados, se puede acceder a la jubilación anticipada voluntaria.

- Si no se alcanza ese periodo, la edad mínima sube a 64 años y 8 meses.

- Se requiere haber cotizado al menos 35 años, sin contar pagas extra ni los periodos anteriores a 1967. Además, 2 de esos años deben haberse cotizado en los últimos 15 años anteriores a solicitar la pensión.

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