Clara Alfonso
Valencia
Miércoles, 28 de febrero 2024, 01:41
¿Sabes realmente cuánto te está cobrando tu banco en comisiones? Por norma general, desconocemos cuánto le estamos pagando por prestarnos sus servicios. Sin embargo, existe una herramienta esencial a la que cualquiera puede acceder para informarse: el documento informativo de comisiones. Un expediente que deben proporcionar las entidades bancarias para cada cuenta de pago que ofrecen, según lo establece la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
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El documento informativo de comisiones detalla los servicios más relevantes asociados a la cuenta, junto con las comisiones correspondientes a cada uno de ellos. «Todas las entidades utilizan el mismo formato y terminología para que el cliente bancario pueda compararlas», explican desde el Banco de España. Conocerlas es fundamental para evitar sorpresas desagradables, ya que, por ejemplo, el cargo por el mero hecho de tener una cuenta y operar con ella, casi se ha triplicado en los últimos cinco años.
La transparencia es una responsabilidad fundamental para las entidades bancarias. Por eso, resulta crucial contar con un documento informativo estandarizado, el cual debe seguir un formato uniforme en todas las instituciones financieras. Este documento no solo debe estar actualizado, reflejando las comisiones vigentes en el momento de su consulta, sino que también debe ofrecer una visión clara de las tarifas aplicadas. «En el documento tiene que aparecer la información sobre las principales comisiones que las entidades aplican en cada una de sus cuentas», explican desde la OCU. Estas son:
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- La comisión de mantenimiento de la cuenta, indicando la comisión por cada periodo de liquidación y el importe total anual. Además, si el importe está vinculado al cumplimiento de requisitos, deberán indicar la comisión que se aplica cumpliendo y sin cumplirlos.
- La comisión de administración de la cuenta, si existe. En la mayoría de los casos esta comisión se incluye dentro de la de mantenimiento.
- La comisión por transferencia. Deben indicar de manera separada, siempre que sean diferentes, las comisiones que se aplican según el tipo de trasferencia (ordinaria, inmediata) y según los distintos canales (online, teléfono, oficina). También deben indicar la comisión en función de si es una transferencia puntual o una orden permanente.
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- Las comisiones de emisión y de mantenimiento anual de la tarjeta de débito asociada a la cuenta.
- Las comisiones de emisión y mantenimiento de las tarjetas de crédito que pueda contratar el cliente.
- Las comisiones de retirada de efectivo en cajeros automáticos tanto con tarjeta de crédito como de débito, diferenciando las que se cobran en los cajeros propios, en los que tenga acuerdos y el resto.
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- Las comisiones por descubierto, incluyendo la comisión por reclamación de posiciones deudoras.
- La comisión por negociación y compensación de cheques, es decir lo que cobran por ingresar un cheque en la cuenta, así como la comisión por devolución de cheques.
- Las comisiones por los servicios de alertas (SMS, email o similar), si es que tuviera coste.
«La lista no es exhaustiva, pues no se reflejan la totalidad de comisiones que la entidad puede aplicar al cliente», apunta. No obstante, «en caso de que vayas a usar algún servicio no indicado en ella, el banco deberá informarte personalmente y por anticipado del coste de ese servicio», añade.
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¿Dónde se puede consultar? El documento informativo debe estar a disposición de los clientes en las sucursales del banco. También en las páginas web de las entidades, con enlaces destacados y legibles, al menos, en las pantallas en las que ofrecen cuentas de pago.
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