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Ni Hacienda se libra del apagón que el pasado lunes dejo sin electricidad a toda España, dejando sin luz ni comunicación a ciudadanos y afectando a prácticamente todos los establecimientos, locales y tiendas del país. El episodio, una caída sin precedentes en el territorio nacional, ha dejado pérdidas millonarias y ha llevado a muchos negocios a tener que tomar medidas para recuperarse del incidente y preparar la respuesta ante otro episodio similar.
La Agencia Tributaria no ha sido menos y también ha anunciado una serie de medidas a consecuencia del apagón que afectan directamente a los ciudadanos en España. Hacienda ha comunicado las novedades en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, donde incorpora la información actualizada del departamento para resolver posibles dudas y gestionar diversos trámites.
En concreto, «ante las incidencias técnicas surgidas a raíz de la crisis de electricidad», Hacienda ha hecho público el acuerdo de ampliación de plazos con vencimientos que se hayan visto afectados por el apagón de electricidad y la interrupción generalizada del suministro en toda España. El objetivo, tal y como detallan en el portal web, es «revertir las dificultades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y aduaneras por los ciudadanos y garantizar el normal desarrollo de los procedimientos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria».
📲 Ampliados hasta el miércoles 30 de abril los plazos que vencían los días 28 o 29 de abril para estos cuatros trámites de la AEAT:
— Ministerio de Hacienda (@Haciendagob) April 29, 2025
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Por ello, Hacienda modificará el plazo de presentación de cuatro trámites para facilitar que los ciudadanos que lo necesiten puedan tramitar sus gestiones a tiempo. Esta decisión de la Agencia Tributaria aplica el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De esta forma, el departamento informa que «se declaran ampliados hasta el miércoles 30 de abril de 2025 los plazos con vencimiento los días 28 o 29 de abril» para los siguientes trámites:
- Presentación de declaraciones-liquidaciones, así como de comunicaciones u otras obligaciones de carácter formal.
- Presentación de alegaciones y presentación de pruebas en procedimientos de aplicación de los tributos y aduaneros, así como para atender requerimientos.
- Realización de pagos.
- Interposición de recursos de reposición.
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