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Un pensionista paseando por el parque en una imagen de archivo. Fotolia

La ayuda de más de 500 euros que pueden solicitar algunos pensionistas

Para recibir este complemento, que depende del Imserso, es necesario cumplir una serie de requisitos

A. Pedroche

Jueves, 3 de agosto 2023, 00:41

Desde hace más de un año, la economía no da un respiro a los ciudadanos. Si bien parecía que la situación mejoraba tras los peores momentos de la pandemia, llegó el conflicto entre Ucrania y Rusia y la inflación se disparó. Los precios de los carburantes o de la luz se encuentran por las nubes. Qué decir de los alimentos cuando a muchas familias les cuesta completar la cesta de la compra.

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Un grupo que también se ha visto afectado son los pensionistas. A muchos con su pensión anual no les es suficiente. Sin embargo, existen una serie de ayudas que pueden solicitar. En concreto, existe un complemento que es muy poco conocido, pero que puede suponer un ingreso extra de 500 euros al mes.

Y es que hay muchos jubilados y pensionistas que son propietarios de su propia casa, pero también los hay que viven de alquiler y la subida de precios está dificultando que puedan pagarlo a final de mes. Este «complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada» depende directamente del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).

La cuantía de esta ayuda es de 525 euros y se abonará en un único pago. Como su propio nombre indica, el complemento está dirigido a aquellas personas que cobren una pensión no contributiva de jubilación o invalidez . Se trata de aquellos que no han cotizado lo suficiente para tener derecho a una pensión contributiva, que carezcan de vivienda en propiedad y residan, de manera habitual, en una vivienda alquilada.

La razón por la que este complemento únicamente se dirige a aquellos pensionistas no contributivos cuya pensión no llega al 50% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Requisitos para solicitar el complemento

- Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.

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- Carecer de vivienda en propiedad.

- Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.

- No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.

- Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada.

- En caso de que en la misma vivienda convivieran dos personas con derecho a optar a este complemento, únicamente podrá solicitarlo una de ellas.

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¿Cómo puedo solicitarla?

Las personas interesadas podrán dirigir la solicitud de este complemento a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra, y Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla, que tienen atribuida la competencia para la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.

El trámite se puede realizar de manera presencial o telemática a través del servicio online que facilite cada comunidad autónoma. La mayoría de comunidades exigen identificarse con DNI electrónico o certificado digital para acceder a la gestión.

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