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Ayudas y prestaciones SEPE | La ayuda del SEPE de 14.400 euros para desempleados con cargas familiares

La ayuda del SEPE de 14.400 euros para desempleados con cargas familiares

El ciudadano desempleado que cumpla una serie de requisitos tras agotar la prestación contributiva podrá recibir este subsidio familiar, prorrogable hasta los 30 meses

DM

Lunes, 27 de febrero 2023, 00:22

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pone a disposición de los ciudadanos varias ayudas en caso de que se encuentren en situación de desempleo. Para acceder a ellas, se deben de cumplir una serie de requisitos exigidos por el organismo, encargado de distribuir y controlar todos estos subsidios.

Así, uno de los subsidios por desempleo que ofrece el organismo, se da en el caso de que una persona desempleada haya agotado su prestación contributiva y tenga responsabilidades familiares.

Para solicitar este subsidio, hay que cumplir una serie de requisitos:

- Estar en situación de desempleo.

- Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación (fecha en que finaliza la prestación concedida, que siempre será anterior a la fecha del último cobro de la prestación), sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.

- Suscribir el compromiso de actividad.

- Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.

- Tener responsabilidades familiares.

- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias. (Cuantías para este año). Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

Los requisitos deberán reunirse en el momento del hecho causante, y además, en el de la solicitud del subsidio, así como en el de la solicitud de sus prórrogas o reanudaciones y durante toda la percepción del subsidio.

Duración y cuantía

La duración será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que haya agotado y de su edad, siempre que lo solicite en plazo y mantenga los requisitos, de acuerdo a lo siguiente:

- Si eres menor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 18 meses.

- Si eres menor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.

- Si eres mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.

- Si eres mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 30 meses.

El importe de la ayuda equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que este año equivale a 480 euros al mes. Por otro lado, la persona desempleada podrá solicitar una prórroga del subsidio siempre y cuando se mantengan los requisitos iniciales. Además, en caso de ser mayor de 45 años y haber agotado un paro superior a seis meses, si se llega a consumir todo el subsidio, el desempleado habrá llegado a acumular una prestación total de 14.400 euros.

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