![Paga, paro, ayudas para desempleados | Cómo mejorar la pensión de jubilación si cobras el subsidio para mayores de 52 años](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202112/09/media/cortadas/pensiones-kHOI-U160201863132z3-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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Viernes, 10 de diciembre 2021, 01:37
Quedarse sin trabajo pasados los 50 años puede suponer un gran palo, del que además puede costar volver a salir al mercado laboral. Por eso, la prestación para desempleados mayores de 52 años que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es especialmente importante para muchos ciudadanos, que tras agotar la ayuda contributiva del paro se convierte en el único ingreso que reciben.
Quienes se encuentran en esta situación han cotizado lo suficiente, por norma general, como para cobrar una pensión contributiva pero todavía no tienen la edad necesaria para acceder a la jubilación. La prestación para desempleados mayores de 52 años supone un apoyo fundamental para estos ciudadanos y además tiene algunas ventajas que favorecen un mayor desahogo económico, como por ejemplo, combinarla con otras prestaciones como el ingreso mínimo vital o poder ampliar la cantidad del futuro subsidio por jubilación con tan solo rellenar una solicitud.
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Esta pensión de 451,92 euros puede cobrarse hasta la jubilación y mientras tanto el periodo cuenta como tiempo trabajado. Los beneficiarios pueden mejorar la cuantía de su futuro subsidio tras el retiro profesional firmando el Convenio Especial con la Seguridad Social. Es un acuerdo voluntario en el que los trabajadores pagan sus cuotas a la Seguridad Social, de modo que mantendrá el cobro de la ayuda a la vez que sigue cotizando.
1. Tienes que estar cobrando el subsidio por desempleo, con derecho a cotización por la contingencia de jubilación.
2. Se debe tener más de 52 años
3. También pueden solicitarlo los empleados fijos discontinuos que reciban la ayuda y tengan derechos a cotización a la Seguridad Social por la contingencia de jubilación.
4. Las solicitudes deben ser del modelo TA-0040, que debe presentarse cumplimentado en la dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o en la administración correspondiente. Si dispone de certificado digital puede acceder a la Sede Electrónica y remitir telemáticamente el modelo de solicitud y la documentación requerida a través del trámite Alta en Convenio Especial, situado en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
5. La documentación a presentar será la siguiente: original y copia del DNI, Tarjeta de Extranjero o Pasaporte, así como de la resolución de concesión del subsidio.
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6. Será válido desde que nazca el derecho al subsidio de desempleo (únicamente si se solicita dentro de los 90 días siguientes al reconocimiento del derecho), o desde la fecha de presentación de la solicitud.
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